La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha confirmado una sentencia contra el medio digital La Verdad de Ceuta, al considerar que publicó información falsa que vulneró el derecho al honor de una ciudadana, Karima Aoumar Dadi.
Según la resolución judicial, el medio difundió en su sección “Rumores” que Aoumar Dadi había sido condenada por tráfico de drogas y había cumplido una pena de prisión, afirmaciones que los tribunales han determinado que no se ajustan a la realidad.
El fallo, que responde a un recurso de apelación contra la sentencia inicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ceuta, estima sustancialmente la demanda de la afectada. La sentencia declara que existió una intromisión ilegítima en el derecho al honor de la demandante y responsabiliza solidariamente tanto a La Verdad de Ceuta (gestionada por Fedemar Ceuta S.L.) como a su director, Luis María Fernández Delgado.
Como parte de la condena, se ordena:
- La eliminación inmediata y definitiva de las publicaciones falsas.
- La difusión íntegra del encabezado y parte dispositiva de la sentencia en la portada y en la sección “Rumores” del medio digital, durante un periodo igual al tiempo que las informaciones estuvieron publicadas (desde el 31 de enero de 2019).
- Una indemnización de 13.000 euros a favor de Karima Aoumar Dadi.
- El pago de las costas procesales por parte de los demandados.
La jueza Sara Beatriz López Rodríguez, responsable del fallo original dictado en diciembre de 2024, subraya que los medios de comunicación deben actuar con responsabilidad al informar, especialmente cuando se trata de temas que pueden afectar gravemente al honor y reputación de las personas.
Con esta sentencia firme, se pretende restituir el buen nombre de la demandante y reafirmar la protección del derecho al honor frente a informaciones infundadas.
