Si el 29 de noviembre no vas a estar en Ceuta o no puedes ir a tu colegio, puedes votar
por correo en las elecciones generales. El trámite es gratuito y tiene dos pasos: primero se pide y después se
envía el voto.
Fechas que no se pueden pasar
- Pedir el voto por correo: desde el 6 de octubre hasta el 19 de noviembre
(art. 72 de la LOREG). - Enviar el voto: hasta el 25 de noviembre. La ley exige mandarlo antes
del tercer día anterior a las elecciones (art. 73.3 de la LOREG).
Paso 1. Pedir el voto por correo
- En persona: en cualquier oficina de Correos, con tu DNI. Es la vía más sencilla.
- Por internet: en la web de Correos (correos.es → Particulares → Voto por correo),
identificándote con DNI electrónico o certificado digital. - Si estás enfermo o tienes una discapacidad que te impide ir a Correos, puede pedirlo otra
persona en tu nombre presentando un poder notarial y un certificado médico oficial.
Paso 2. Recibir la documentación
Correos te enviará por certificado, a la dirección que indiques, las papeletas y sobres del Congreso y del
Senado, el certificado de inscripción en el censo y un sobre para devolverlo todo. Tienes que recogerla en
persona y con tu DNI.
Paso 3. Votar y enviar el voto
- Mete la papeleta del Congreso en su sobre y ciérralo. Haz lo mismo con la del Senado.
- En la papeleta del Senado de Ceuta solo puedes marcar un candidato. Si marcas más, el
voto es nulo. - Mete los dos sobres y el certificado del censo en el sobre dirigido a tu mesa electoral.
- Llévalo a una oficina de Correos y envíalo por correo certificado, con tu DNI, antes del 26 de noviembre.
El envío es gratuito.
Plazos calculados según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General a partir de la
convocatoria publicada en el BOE el 6 de octubre de 2026. Cualquier duda sobre tu caso concreto, en las
oficinas de Correos.
