La Fiscalía y la Abogacía del Estado han solicitado al Tribunal Constitucional (TC) que conceda el amparo al expresident de la Generalitat Carles Puigdemont frente a la decisión del Tribunal Supremo de no aplicarle la Ley de Amnistía por el delito de malversación.
Ambos organismos han presentado escritos ante la corte de garantías en los que defienden que el alto tribunal debió aplicar la norma aprobada por el legislador y critican la interpretación realizada por el Supremo para excluir la malversación de su alcance. Consideran que dicha interpretación se aparta de la voluntad del legislador y vulnera derechos constitucionales.
La Abogacía del Estado sostiene que el Supremo debió proceder a la aplicación de la ley conforme a la intención del Parlamento, subrayando que la interpretación de una norma penal no puede hacerse de manera “absolutamente imprevisible” y sin soporte argumental. A su juicio, el caso constituye una interpretación “no motivada e irrazonable” que vulneraría el artículo 24 de la Constitución, relativo al derecho a la tutela judicial efectiva.
En la misma línea, la Fiscalía señala que los razonamientos del Supremo no se ajustan al canon constitucional de una resolución jurídicamente fundada y exenta de arbitrariedad. Según el Ministerio Público, la decisión carece de justificación suficiente y se aleja del objetivo de la ley, que, según el preámbulo, busca finalizar las condenas y procesos judiciales derivados del procés independentista “sin excepción” para los implicados.
Ambas instituciones apuntan a una cadena de contradicciones y saltos argumentales en la resolución del Supremo que, en su opinión, podría suponer una vulneración del derecho a una resolución motivada. Por ello, piden al Constitucional que estime el recurso de amparo presentado por Puigdemont.
La decisión del TC, no obstante, está condicionada al pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre las cuestiones prejudiciales planteadas por tribunales españoles en relación con la ley. El fallo europeo se espera como muy tarde en marzo. El abogado general del TJUE ya emitió en noviembre un informe en el que avalaba la norma al considerar que se aprobó en un contexto de reconciliación política y social y que no existe un vínculo directo entre los gastos del procés y un perjuicio a las finanzas europeas.
Una vez que la justicia europea resuelva, el Constitucional podrá abordar de forma directa el recurso de amparo. Incluso si el fallo fuera favorable al expresident, la aplicación práctica de la amnistía correspondería al Tribunal Supremo.
Mientras tanto, Puigdemont continúa sin poder regresar a España. Hace dos semanas, el propio Tribunal Constitucional decidió por una mayoría de 10 votos frente a 1 mantener la orden de detención nacional contra él mientras se resuelve el recurso.

















