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La Audiencia Nacional suspende la condena de Luna Fernández, española repatriada del Daesh con seis hijos

Redacción por Redacción
20/09/2025
en Actualidad, Nacional
Tiempo de lectura: 3 minutos
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La Audiencia Nacional suspende la condena de Luna Fernández, española repatriada del Daesh con seis hijos

Luna Fernández, una de las dos españolas repatriadas en 2023 desde los campos de refugiados para familiares de yihadistas en Siria, no tendrá que regresar a prisión para cumplir la condena de tres años por integración en organización terrorista que le impuso la Audiencia Nacional. La Sección Cuarta de lo Penal le ha concedido una suspensión extraordinaria de la pena por un plazo de cinco años, con la condición de que no vuelva a delinquir y cumpla 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad.

La decisión, recogida en un auto judicial publicado por El Confidencial, abre la puerta a que su compañera de viaje, Yolanda Martínez —madre de otros cuatro menores y en situación procesal similar—, pueda recibir el mismo trato. De momento, su ingreso en prisión se encuentra aplazado hasta el 30 de septiembre.

Una vida marcada por el califato

Viuda y madre de seis hijos, Fernández se marchó a Siria junto a su marido para vivir en el califato del Estado Islámico. Tras la muerte de él en un ataque de la coalición internacional, quedó atrapada en un campo controlado por fuerzas kurdas, donde permaneció confinada durante cuatro años con sus hijos. A su regreso a España fue encarcelada de forma preventiva durante un año y nueve meses, tiempo que los jueces han tenido en cuenta como parte de su trayectoria judicial.

En sus alegaciones para evitar la vuelta a prisión, la acusada aseguró estar dispuesta a someterse voluntariamente a un curso de desradicalización y trasladó que actualmente reside en Castilla-La Mancha, lejos de su antiguo domicilio en Madrid.

La justicia opta por la reinserción

El tribunal fundamenta su decisión en el artículo 80.3 del Código Penal, que permite suspender excepcionalmente una pena atendiendo a las circunstancias personales del condenado. Los magistrados subrayan que Fernández carece de antecedentes penales, no ha reincidido en conductas delictivas y no consta que mantenga vínculos con redes yihadistas.

“No es un derecho, sino una concesión”, remarcan los jueces en el auto, apelando a la proporcionalidad y a un modelo restaurativo orientado a la reinserción. Frente a este criterio, la Fiscalía se opuso a la suspensión, al igual que la acusación popular de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), que siempre ha recelado de la verdadera desvinculación de estas mujeres respecto al ideario yihadista.

Un pasado bajo sospecha

Tanto Fernández como Martínez han defendido que su viaje a Siria fue motivado por la voluntad de seguir a sus maridos, negando haber abrazado los postulados del Daesh. Los jueces, sin embargo, recordaron en la sentencia que ambas aceptaron la condena de tres años de prisión por integración en organización terrorista.

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El Estado Islámico, considerado el mayor grupo yihadista de la historia, vio caer su autoproclamado califato tras la ofensiva internacional liderada por Estados Unidos. Los maridos de estas dos mujeres murieron en combate o desaparecieron en el frente. Ellas, con sus hijos, quedaron atrapadas en campos de refugiados hasta que el Gobierno español ordenó su repatriación.

Hoy, con el fallo de la Audiencia Nacional, Luna Fernández obtiene una oportunidad para rehacer su vida fuera de los barrotes. La incógnita ahora se centra en si Yolanda Martínez, en una situación idéntica, correrá la misma suerte en los próximos días.

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