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Portada Actualidad

Denuncian que los policías de paisano no reciben la indemnización por vestuario

Redacción por Redacción
30/05/2022
en Actualidad, Laboral
Tiempo de lectura: 3 minutos
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Jefatura de Policía Nacional / Cedida / Archivo

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Visto

La Dirección General de la Policía, una vez más, incumple sentencia del Tribunal Supremo, el derecho al cobro de indemnización por vestuario para todos los Policías Nacionales que prestan servicio de paisano.

La Agrupación Reformista de Policías, obtuvo una sentencia histórica ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en la que se reconoce el derecho a que todos los trabajadores que prestan servicios de paisano reciban de la D.G.P. una compensación económica por indemnización por vestuario. «El hecho de no ser recibidos de momento por la administración, el desprecio a nuestra consideración de reformistas, no nos impide ser resolutivos como venimos demostrando al Ministerio del Interior y al colectivo del CPN», señalan.

Hasta el pasado año, la normativa específica del CNP sólo reconocía expresamente este derecho a policías destinados en servicios de protección dinámica a determinadas personalidades.

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Varios afiliados a esta organización, destinados en Brigadas Provinciales o Locales de Policía Judicial o en Brigadas Provinciales de Extranjería y Fronteras, reclamaron la percepción de una indemnización por vestuario a la DGP. Tras la negativa de la Administración, recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que tampoco les dio la razón. ARP viene haciendo una inversión cuantiosa en un sindicalismo «impropio, arraigado y obstaculizador de derechos en el CPN, consentido por todos los presentes en un órgano inapropiado y obsoleto, su Consejo de Policía».

Considerando que tal negativa quebrantaba el principio de igualdad, el Gabinete Jurídico de ARP, interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo. En síntesis, los argumentos de ARP fueron:

  • El C.N.P. es un Cuerpo uniformado cuyos miembros, con carácter general, han de actuar de uniforme;
  • El art. 9 de la Orden INT 430/2014, de 10 de marzo, reguladora de la uniformidad del C.N.P. excluye expresamente y en todo caso del uso del uniforme a los funcionarios dedicados a la investigación que se hallen prestando servicio en áreas de Información, Policía Judicial y Extranjería, en Protección de Personas y en Unidades o Grupos de Seguridad Ciudadana, que, por necesidades del servicio, deban vestir de paisano.
  • Estos Policías están obligados a ir de paisano por razón del servicio. De estar en otros destinos, vestirían uniforme.
  • Es discriminatorio y contrario al art. 14 de la Constitución Española que sólo se reconozca el derecho a la compensación por vestuario a los Policías que presten servicio de protección de personalidades y no a los otros, cuando todos ellos visten de paisano por obligación.

El Tribunal Supremo, acogiendo plenamente el criterio de ARP y entendiendo que la negativa era discriminatoria, estimo el recurso en su Sentencia número 1.166/2021 de 24 de septiembre.

El Tribunal Supremo explica, además, que la percepción de la indemnización de vestuario a que se refiere el artículo 5 del Real Decreto 950/2005 “pretende compensar a todos los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que, por razón de servicio están obligados a utilizar una vestimenta de paisano acorde con la naturaleza de ese servicio y la entidad de las situaciones y circunstancias que rodean el servicio”.

Son numerosas las solicitudes de trabajadores de esta organización que, por extensión, han solicitado se les aplique la razón del tribunal, en este caso, la cuantía que debería haber determinado ya la Dirección General de la Policía.  Los afiliados a esta organización, cuatro funcionarios, aún esperan al igual que quince mil policías nacionales, que por extensión les pudiera corresponder, demandan, se fijara la cuantía en 266,57 euros.  

Nos tememos que tendremos que acudir nuevamente a la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, al igual que en otros tribunales, asuntos conocidos por ARP, solicitando Diligencias de Ordenación, con requerimientos de imposición de sanciones a la DGP. Una situación inaceptable, bochornosa y degradante que, da a entender la necesaria reforma del sistema de representación sindical imperante en el Cuerpo de Policía Nacional, como solicita la Agrupación Reformista de Policía, al Ministerio del Interior.

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