El Ministerio de Trabajo transpone una directiva europea para reforzar la transparencia laboral, exigiendo a los empresarios especificar quién asumirá el coste del retorno de los empleados traídos desde el exterior al finalizar su relación contractual.
El Gobierno de España ha anunciado la aprobación de una nueva normativa que obligará a las empresas radicadas en el territorio nacional a incluir cláusulas explícitas de repatriación en los contratos de los trabajadores extranjeros que sean contratados en sus países de origen para desplazarse a prestar servicios en España. La medida forma parte del paquete normativo presentado por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, tras el Consejo de Ministros, consistente en la transposición a la legislación nacional de la directiva comunitaria sobre condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea.
Según han precisado fuentes del Ministerio de Trabajo y Economía Social, el marco legal exigirá definir de forma clara y exhaustiva en las condiciones contractuales quién asume el coste económico del regreso del asalariado a su nación de procedencia una vez concluido el periodo de actividad. Aunque el texto normativo requiere formalmente la concreción de las partes responsables del traslado, desde el departamento que dirige Díaz se aclara que la práctica habitual y el espíritu de la ley contemplan que sea el tejido empresarial contratante el que sufrague íntegramente los gastos del billete y logística de retorno.
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El objetivo de esta regulación es evitar situaciones de desprotección e indefensión jurídica en las que trabajadores foráneos contratados en origen queden desamparados o sin recursos económicos para regresar a sus lugares de procedencia al término de su relación laboral. Un supuesto que aplica con frecuencia en campañas de empleo de carácter estacional, como la recolección agrícola en el sector primario o determinados refuerzos de la hostelería, donde las compañías reclutan mano de obra en países africanos o latinoamericanos. De forma recíproca, las mismas garantías de repatriación serán de obligado cumplimiento para las empresas españolas que desplacen a trabajadores nacionales a prestar sus labores profesionales fuera de las fronteras comunitarias.
Adicionalmente, la ley impone a los empleadores una estricta exigencia de transparencia informativa en la gestión de las contrataciones internacionales. Las empresas estarán legalmente obligadas a facilitar la documentación laboral traducida en el idioma nativo o comprensible para el empleado migrante, asumiendo el coste de los servicios de traducción profesional necesarios para garantizar que el trabajador conozca al detalle cada una de sus cláusulas contractuales antes de su firma.








