La Mesa del Congreso ha acordado este miércoles la suspensión de José Luis Ábalos como diputado, según han confirmado fuentes parlamentarias tras una reunión extraordinaria celebrada en la Cámara Baja. La decisión llega después de que el Tribunal Supremo notificara la desestimación íntegra del recurso de apelación presentado por el exministro contra el auto del magistrado instructor, paso previo necesario para activar el procedimiento de suspensión.
La medida se fundamenta en el artículo 21.2 del Reglamento del Congreso, que establece que un diputado debe quedar suspendido en sus derechos y deberes parlamentarios cuando, tras la concesión de un suplicatorio y con un auto de procesamiento firme, se encuentre en situación de prisión preventiva.
Consecuencias de la suspensión
La suspensión de Ábalos conlleva varias implicaciones directas. En primer lugar, deja de percibir su sueldo como diputado. Además, será dado de baja en la cobertura de protección social financiada por el presupuesto de la Cámara, así como en la póliza de accidentes contratada por las Cortes Generales.
También pierde todos sus derechos funcionales, incluido el derecho a voto, lo que reduce de forma efectiva el número de votos posibles en el Congreso a 349. Aunque este cambio no altera de manera sustancial la aritmética parlamentaria, sí puede complicar las votaciones más ajustadas para el Gobierno y dar un mayor peso a formaciones como Junts o Podemos.
Asimismo, el Grupo Mixto —al que Ábalos pasó a integrarse tras su expulsión del PSOE— verá reducida la subvención que recibe, que se calcula en función del número de diputados que lo componen.
El escaño, intacto por ahora
Pese a la suspensión, Ábalos mantiene su escaño. La normativa establece que solo podría perderlo si renunciara voluntariamente o si existiera una sentencia firme en su contra. Por tanto, continuará siendo diputado a todos los efectos representativos, aunque sin capacidad de voto ni derechos parlamentarios mientras dure la suspensión.














