El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha interpuesto un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional en respuesta a la decisión del Tribunal Supremo de suspender el derecho a voto de las personas nacionalizadas por la conocida como ‘ley de nietos’. Esta normativa otorgaba la nacionalidad a los descendientes de ciudadanos que abandonaron España entre 1936 y 1955 por razones políticas.
La medida del Supremo afecta a aproximadamente 170.000 personas que se beneficiaron de esta ley, impulsada por una modificación de la hermana de Óscar Puente. El Alto tribunal ha suspendido el derecho a participar en las elecciones generales a aquellos que no puedan acreditar su situación política de exilio.
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Recurso ante el Constitucional
El Defensor del Pueblo ha decidido recurrir tras recibir peticiones de particulares y entidades, solicitando medidas cautelarísimas al Constitucional. Gabilondo busca que se pronuncie sobre la interpretación del Supremo respecto a la suspensión del derecho al voto de los afectados. El recurso se presenta a un mes y medio de las elecciones generales, previstas para el 29 de noviembre, y sin un censo electoral claro.
El Tribunal Supremo ha advertido de un «peligro serio» para la transparencia electoral, criticando a la Administración por no aclarar la situación censal. El Ejecutivo tardó tres días en publicar en el BOE la decisión del Supremo, lo que ha generado incertidumbre sobre el censo que se utilizará, apuntando al del 1 de agosto.
Incremento de nacionalizados
Desde el 1 de agosto de 2025 hasta septiembre de 2026, se han registrado 42.692 nuevos votantes potenciales. España ha sumado más de 526.000 nacionalizados en el censo electoral fuera del país, representando un 20% del total de beneficiados por la ley. Este aumento del 80% en nuevas altas desde 2020 hasta 2024 es significativo, aunque no todos obtuvieron la nacionalidad por la enmienda de Puente.
La situación de los descendientes de brigadistas internacionales que lucharon en la Guerra Civil Española también genera dudas. Recientemente, 171 descendientes obtuvieron la nacionalidad, pero no podrían votar en las próximas elecciones si se utiliza el censo del 1 de agosto. La jurisprudencia del Supremo exige acreditar su condición, pero muchos descendientes abandonaron España antes de finalizar la Guerra Civil, quedando en un limbo legal.












