La Audiencia Provincial de Cádiz acuerda además su expulsión de España durante diez años una vez cumpla parte de la condena o acceda a beneficios penitenciarios. El acusado reconoció los hechos desde la prisión de Algeciras.
La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Ceuta ha dictado sentencia condenatoria contra un ciudadano de nacionalidad argelina como autor de un delito de agresión sexual con acceso carnal, un delito leve de lesiones y un delito de robo con violencia, por unos hechos ocurridos en junio de 2024 en la ciudad autónoma.
El acusado, identificado por sus iniciales Y. A., reconoció plenamente los hechos durante la vista oral y mostró su conformidad con las penas solicitadas por las acusaciones, lo que permitió la conclusión inmediata del procedimiento mediante una sentencia de conformidad. El procesado compareció en el acto judicial por vía telemática mediante videoconferencia desde la prisión de Algeciras, donde se encuentra recluido.
La resolución judicial también acuerda la imposición de diversas medidas civiles y de protección para la víctima, entre ellas la prohibición de comunicación y aproximación, además de la futura expulsión del territorio nacional bajo determinadas circunstancias reguladas en el propio fallo.
Penas de prisión y órdenes de alejamiento
Por el delito principal de agresión sexual con acceso carnal y violencia, la Audiencia le impone una pena de seis años de prisión, así como la prohibición de comunicarse con la víctima por cualquier medio y de aproximarse a menos de 100 metros de ella, de su domicilio, lugar de trabajo o centro de estudios durante un período de 14 años.
Asimismo, el tribunal decreta una medida de libertad vigilada durante cinco años tras su excarcelación y la pena de inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, retribuido o no, que implique contacto regular y directo con menores de edad durante un total de 21 años.
Por el delito leve de lesiones, el condenado deberá abonar una multa de un mes con una cuota diaria de cinco euros, sumado a una orden de alejamiento y prohibición de comunicación respecto de la víctima durante seis meses.
Dos años de cárcel por el robo y orden de expulsión
La sentencia añade una pena de dos años de prisión por el delito de robo con violencia, junto con una nueva prohibición de comunicación y aproximación a la perjudicada durante un período de cuatro años. En total, las penas privativas de libertad suman ocho años de reclusión.
Como medida clave, los magistrados acordaron la sustitución de la pena de prisión por la expulsión del territorio nacional durante diez años, una vez que el condenado haya cumplido las dos terceras partes de la pena impuesta o, en su defecto, cuando acceda al tercer grado penitenciario o a la libertad condicional.
En concepto de responsabilidad civil, Y. A. deberá indemnizar a la denunciante con 600 euros por las lesiones físicas sufridas, 891 euros por los efectos sustraídos y no recuperados, y 1.500 euros por los daños morales ocasionados.
Relato de los hechos en la madrugada
Según recoge la sentencia, los hechos ocurrieron sobre las 05:40 horas del 30 de junio de 2024. El acusado se percató de la presencia de la víctima en la zona de La Marina y comenzó a seguirla a pie mientras le dirigía expresiones de contenido sexual y de carácter vejatorio.
Durante el trayecto, y sin el consentimiento de la mujer, el procesado realizó un primer tocamiento sobre la ropa. La víctima le manifestó de forma expresa y reiterada que cesara en su comportamiento acosador.
Posteriormente, cuando la denunciante se disponía a entrar en el portal de su domicilio, el acusado la empujó hacia el interior del inmueble, la derribó y forcejeó con ella en el suelo. En ese contexto, llevó a cabo los actos de carácter sexual constitutivos de la agresión carnal que motivan la condena.
Sustracción del bolso y lesiones traumáticas
La resolución judicial considera probado que, aprovechando el forcejeo y con un evidente ánimo de obtener un beneficio ilícito, el acusado se apoderó del bolso de la víctima. En su interior se encontraban su Documento Nacional de Identidad y un teléfono móvil iPhone 15. Los objetos sustraídos no fueron recuperados y se tasaron pericialmente en un total de 891 euros, cantidad que el reo deberá restituir.
Como consecuencia de la violencia ejercida en el portal, la víctima sufrió diversas lesiones de carácter traumático, entre ellas una cervico-dorso-lumbalgia y contusiones en varios dedos de ambas manos. Las lesiones requirieron asistencia facultativa inicial y tardaron ocho días en curar de forma total, de los cuales dos fueron tipificados bajo un perjuicio moderado y los seis restantes como perjuicio básico.


















