Un juzgado de Madrid dictamina que las expresiones de la secretaria general de Podemos en la red social X fueron «objetivamente injuriosas» y le obliga a difundir el fallo en su perfil oficial.
MADRID. — Un juzgado madrileño ha condenado a la secretaria general de Podemos y diputada, Ione Belarra, a pagar una indemnización de 9.000 euros al juez jubilado Manuel García-Castellón al determinar que perjudicó su derecho al honor llamándole «corrupto».
La resolución, dictada por el magistrado de la plaza 45 de la sección civil del tribunal de instancia de Madrid, concluye que las manifestaciones que la líder de la formación morada vertió en la red social X en el año 2024 provocaron al demandante «un daño moral que debe ser indemnizado». La cuantía final impuesta se sitúa sustancialmente por debajo de las pretensiones iniciales de García-Castellón, quien solicitaba una compensación de 350.000 euros. Además del pago de la multa, Belarra estará obligada a difundir el contenido de la sentencia en su propia cuenta de la red social X o en otro medio de difusión de características similares.
Dos mensajes en el centro del litigio
El origen del conflicto jurídico se remonta a septiembre de 2024, coincidiendo con la jubilación del magistrado de la Audiencia Nacional. Según constaba en la demanda, Belarra publicó dos mensajes específicos en los que tachaba al instructor de «este y otros jueces corruptos, que han prevaricado contra quienes defendemos otra idea de España», acusándole simultáneamente de continuar una «guerra sucia judicial contra Podemos».
Lejos de retractarse, la diputada se reafirmó posteriormente en un acto público señalando que «lo que ha hecho para proteger al PP y para seguir a los adversarios políticos de la derecha es corrupción con o sin condena». Durante el proceso, Belarra argumentó que sus palabras se enmarcaban en la libertad de expresión, solicitando su absolución y reclamando que el demandante asumiera las costas procesales.
Una acusación «gravemente vejatoria»
La sentencia del tribunal madrileño desestima los argumentos de la defensa y subraya que «las expresiones utilizadas y acreditadas son objetivamente injuriosas y gravemente vejatorias». El texto judicial especifica que las afirmaciones de Belarra suponen «la atribución directa al demandante de la condición de delincuente y corrupto», algo que define como «la imputación más grave que puede hacerse» a cualquier ciudadano.
Asimismo, el magistrado incide en el impacto profesional de estas declaraciones, recordando que imputar un delito de prevaricación o de cohecho es «quizá la peor de las acusaciones que profesionalmente cabe atribuir a un juez o magistrado». El fallo recuerda que el propio Ministerio Fiscal se pronunció a favor de estimar la demanda del juez jubilado.
Conflicto de competencias
Antes de recaer en los juzgados de instancia de Madrid, la demanda fue presentada originalmente ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo debido a la condición de aforada de Belarra como diputada en las Cortes Generales. No obstante, el Supremo rechazó su competencia sobre el asunto tras concluir que las expresiones denunciadas no fueron proferidas «en el ejercicio de su cargo» estrictamente parlamentario.
La resolución judicial concluye reconociendo que el caso confronta de lleno el derecho al honor con la libertad de expresión de «dos personajes públicos con gran trascendencia mediática», resolviendo en esta ocasión que la descalificación personal directa superó los límites constitucionalmente protegidos.













