A pesar de acumular condenas que sumaban 12 años y medio por sus sonadas estafas y suplantaciones, ninguna de las penas individuales supera los dos años, lo que le permite librarse del ingreso en el centro penitenciario.
Un giro judicial definitivo para Francisco Nicolás
Giro de guion definitivo en uno de los seriales judiciales más mediáticos de la última década en España. La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado un auto en el que acuerda la suspensión de la última condena de Francisco Nicolás Gómez Iglesias, conocido popularmente como «El Pequeño Nicolás». Con esta resolución, el joven elude de manera oficial su ingreso en un centro penitenciario.
La decisión resulta llamativa si se analiza el cómputo global de sus causas: Gómez Iglesias llegó a acumular penas que sumaban 12 años y medio de prisión tras ser procesado por falsificar documentación, tejer comitivas oficiales falsas y hacerse pasar por un alto cargo del Gobierno y del Centro Nacional de Inteligencia (CNI). Sin embargo, la ingeniería jurídica y las rebajas obtenidas en el Tribunal Supremo han acabado por evitar su encarcelamiento.
El tecnicismo legal: Penas fragmentadas e inferiores a dos años
La clave del éxito de la defensa del Pequeño Nicolás reside en el funcionamiento del Código Penal español respecto a la suspensión de las penas privativas de libertad:
- Ninguna pena individual es superior: Para que un condenado sin antecedentes graves entre en prisión de forma obligatoria, es necesario que al menos una de sus condenas por un delito concreto supere el umbral de los dos años.
- El goteo de absoluciones y rebajas: En los últimos meses, el Tribunal Supremo fue estimando parcialmente los recursos de su defensa. El alto tribunal lo absolvió de varios delitos de usurpación de funciones y aplicó atenuantes muy cualificadas por «dilaciones indebidas» (el proceso ha tardado más de una década en resolverse), dejando todos sus castigos individuales por debajo del límite carcelario.
Las condiciones impuestas por el tribunal para no ir a prisión
La suspensión concedida por los magistrados de la Audiencia de Madrid no es un cheque en blanco, sino que está condicionada al cumplimiento estricto de los siguientes requisitos durante un periodo de control:
| Obligación dictada por el Auto | Detalle técnico y cuantía económica | Impacto en caso de incumplimiento |
| Periodo de gracia penal | No cometer ningún tipo de delito durante los próximos cuatro años. | Si vuelve a ser condenado en este tiempo, la suspensión se revocará automáticamente e ingresará en prisión. |
| Sanción económica alternativa | Abono de una multa económica de 6 euros diarios durante un plazo de 10 meses. | Un impago injustificado de la multa penal reactivaría de inmediato la orden de busca e ingreso en prisión. |
| Coste total de la multa | 1.800 euros en total. | Cierre definitivo de la ejecución del caso tras su abono íntegro. |
El fin de una era de «jeta» y picaresca política
Francisco Nicolás saltó a la fama en 2014, cuando con apenas 20 años consiguió colarse en la recepción de la coronación del rey Felipe VI, organizar comidas de negocios simulando ser el enlace entre la Vicepresidencia del Gobierno y la Casa Real, e incluso subcontratar a policías municipales para que le hicieran de escolta en sus viajes de negocios falsos. Tras trece años atrapado en el laberinto de la instrucción judicial, el joven cierra sus cuentas con la justicia ordinaria sustituyendo los más de doce años de cárcel por una multa económica de 1.800 euros.
















