La Seguridad Social ya aplica un criterio nuevo: el complemento para reducir la brecha de género, antes percibido como una ayuda casi exclusiva para mujeres, podrá ser cobrado también por hombres que acrediten perjuicio en su carrera laboral por el nacimiento o adopción de hijos. La cuantía puede llegar en 2025 hasta los 143,60 euros mensuales, según el número de hijos.
Una ayuda que cambia de rumbo: de “solo para mujeres” a complemento para quien demuestre perjuicio
El llamado complemento para la reducción de la brecha de género nació en 2021 con un objetivo claro: compensar el impacto que la maternidad tiene en la vida laboral de las mujeres. Pausas en la carrera, empleos más precarios y menos oportunidades de ascenso terminan reflejándose en una pensión más baja, una diferencia que puede arrastrarse durante décadas.
Las cifras son claras: existe una diferencia de unos 510 euros entre la pensión media que cobran los hombres y la que reciben las mujeres. Para corregir ese desequilibrio se diseñó este complemento, pero su configuración dejaba fuera a muchos hombres que también se habían visto obligados a reducir jornada, dejar un empleo o renunciar a oportunidades profesionales para cuidar de sus hijos.
Ese enfoque dio un giro a raíz de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que consideró que las condiciones exigidas a los hombres eran discriminatorias. Posteriormente, el Tribunal Supremo español fijó la doctrina:
Si existe un perjuicio en la carrera profesional tras el nacimiento o adopción de hijos, da igual que quien lo acredite sea una mujer o un hombre.
Desde ese momento, el complemento se debe conceder en igualdad de condiciones, lo que abre la puerta a que miles de jubilados puedan sumar un extra mensual que hasta ahora ni siquiera se planteaban solicitar.
Una ayuda cada vez más relevante para pensionistas con hijos
En un país donde la pensión media de las mujeres ronda los 1.100 euros, frente a los 1.600 euros que perciben de media los hombres, cualquier ingreso adicional es importante. Y más aún cuando se trata de un derecho reconocido por ley, no de una ayuda puntual.
Este complemento se dirige a personas que cobran una pensión contributiva y que han visto afectada su carrera laboral por la crianza de los hijos. Su diseño actual ya no distingue por sexo, sino por perjuicio profesional acreditado.
Quién puede pedir el complemento: requisitos clave
La Seguridad Social aplica ya un criterio único y estos son los requisitos generales para acceder al complemento:
- Tener reconocida una pensión contributiva de:
- Jubilación.
- Incapacidad permanente.
- Viudedad.
- Que la pensión se haya reconocido a partir del 4 de febrero de 2021.
- Se aceptan tanto:
- Jubilaciones ordinarias.
- Jubilaciones anticipadas voluntarias.
- Los hijos deben estar inscritos en el Registro Civil.
- Solo uno de los progenitores puede cobrar el complemento por los mismos hijos.
Además, existen casos en los que no se reconoce el derecho al complemento:
- Padres o madres privados de la patria potestad.
- Personas condenadas por violencia contra la mujer o contra los hijos.
La Seguridad Social precisa también que el complemento se abonará en el régimen en el que el beneficiario tenga más años cotizados.
Cuánto se cobra: la cuantía exacta para 2025
La cantidad se actualiza cada año en los Presupuestos Generales del Estado. Para 2025 queda fijada así:
- 35,90 euros al mes por cada hijo.
- Hasta un máximo de cuatro hijos.
Es decir, la cuantía máxima mensual asciende a:
143,60 euros al mes si se reconocen cuatro hijos.
Se trata de un importe fijo, mensual y compatible con la pensión contributiva, que puede marcar una diferencia importante en la economía de muchos hogares de jubilados.
Cómo se solicita este complemento
La petición puede hacerse a la vez que se solicita la pensión, o posteriormente si no se tramitó en su momento y se cumplen los requisitos. Existen dos vías principales:
- A través de Tu Seguridad Social
- Para quienes disponen de cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
- Se accede al portal, se tramita la pensión (si aún no se ha hecho) y se marca la casilla correspondiente al complemento, indicando los datos de los hijos.
- Mediante el formulario del INSS
- Pensado para quienes no tienen identificación electrónica.
- Se rellena el formulario de solicitud de pensión, marcando que se solicita el complemento y aportando la información necesaria de los hijos.
Cuántas personas lo están cobrando ya
Los últimos datos oficiales del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social muestran la magnitud de esta ayuda:
- Cerca de 1,2 millones de pensiones incluyen ya este complemento.
- De ellas, más de 991.000 corresponden a mujeres, lo que evidencia que la brecha de género sigue siendo muy profunda.
Sin embargo, con la nueva interpretación del Tribunal Supremo, se espera que cada vez más hombres que vieron su carrera interrumpida o perjudicada por el cuidado de los hijos puedan empezar a incorporarse como beneficiarios.
Un complemento para corregir una injusticia… ahora sí, en igualdad
La Seguridad Social recuerda que este complemento está ligado al “perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores al nacimiento o adopción”. Ese impacto recae mayoritariamente en las mujeres, pero en no pocos casos también en los padres, especialmente en modelos de reparto de cuidados más igualitarios.
En la práctica, este complemento:
- Nació para corregir una desigualdad estructural.
- Durante un tiempo dejó fuera a una parte de quienes también estaban afectados.
- Y ahora se aplica bajo un criterio claro de igualdad, ajustado a la normativa europea y a la doctrina del Tribunal Supremo.
Para muchos jubilados, supone mucho más que 140 euros al mes: es el reconocimiento tardío de que la crianza también tiene un coste laboral y económico que el sistema, al fin, empieza a compensar.










