El Ministerio de Derechos Sociales modifica el Reglamento de Espectáculos Taurinos para impedir eventos que conviertan en «objeto de burla» a personas con enanismo. Las sanciones por incumplimiento podrán alcanzar el millón de euros.
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes 24 de febrero de 2026 un real decreto que marca el fin definitivo de los espectáculos cómico-taurinos en España, conocidos popularmente por figuras como el ‘bombero torero’. La reforma, impulsada por el ministro Pablo Bustinduy, prohíbe expresamente cualquier festejo que suponga una «mofa pública» o denigración de personas con discapacidad, especialmente aquellas con acondroplasia (enanismo).
Con esta modificación del artículo 90 del Reglamento de Espectáculos Taurinos, el Gobierno cierra el resquicio legal que permitía a algunos ayuntamientos seguir autorizando estos eventos. A partir de ahora, la autoridad gubernativa tiene prohibido conceder permisos para «shows» que lesionen la dignidad de minorías sociales.
Sanciones y reinserción laboral
La nueva normativa endurece drásticamente las consecuencias para los organizadores de estos espectáculos:
- Tipificación: Se consideran infracciones muy graves.
- Multas: Las sanciones económicas oscilarán entre los 600.000 y el millón de euros.
- Programa de apoyo: El Ministerio ha recordado la vigencia del programa «Pisadas con dignidad», desarrollado junto a la Fundación ONCE. Este plan ofrece formación y apoyo social a los profesionales con discapacidad de estos eventos para facilitar su acceso a empleos que el Gobierno califica como «dignos y no precarios».
«Nunca más la discapacidad como mofa»
Durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Bustinduy (Sumar) ha sido tajante: «Nunca más se debe consentir que la discapacidad se convierta en una causa de mofa o de risión para ganar dinero con ello».
Esta medida es la culminación de un proceso que se intensificó en 2024, cuando el Ministerio denunció ante la Fiscalía espectáculos como el de ‘Popeye Torero’ en Teruel. Aunque algunos artistas con acondroplasia han defendido históricamente su derecho a trabajar voluntariamente en estas funciones, el Ejecutivo sostiene que el interés general de proteger la dignidad humana prevalece sobre la libertad de elección en este contexto.
Claves del nuevo marco legal
| Medida | Detalle |
| Norma modificada | Artículo 90.4 del Reglamento de Espectáculos Taurinos. |
| Prohibición | Espectáculos que sometan a mofa o denigración a personas con discapacidad. |
| Fiscalización | La Autoridad competente no podrá autorizar eventos bajo este mandato. |
| Vía legislativa | Real Decreto (entrada en vigor tras publicación en el BOE). |




















