• Cartelera
  • Sorteo Cruz Roja
  • Horóscopo
  • Farmacias
  • Helicóptero
  • Ferrys
  • Ramadán
  • Autobuses
  • Santoral
martes, 10 febrero de 2026
16 °c
Ceuta
17 ° Mié
16 ° Jue
El Periódico de Ceuta
UNIRME AL CANAL
  • Política
  • Nacional
  • Internacional
  • Ceuta
  • Deportes
  • AD Ceuta
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Marruecos
  • Economía
  • Cultura
  • MAS…
    • Ciencia
    • Sanidad
    • Educación
    • Resultados loteria
    • Horóscopo
    • Opinión
    • Farmacias de guardia Ceuta
    • Cartelera de cine de Ceuta
    • Agenda Cultural
    • Vuelos Ceuta
    • Ferry Ceuta
    • El Tiempo
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Política
  • Nacional
  • Internacional
  • Ceuta
  • Deportes
  • AD Ceuta
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Marruecos
  • Economía
  • Cultura
  • MAS…
    • Ciencia
    • Sanidad
    • Educación
    • Resultados loteria
    • Horóscopo
    • Opinión
    • Farmacias de guardia Ceuta
    • Cartelera de cine de Ceuta
    • Agenda Cultural
    • Vuelos Ceuta
    • Ferry Ceuta
    • El Tiempo
Sin resultados
Ver todos los resultados
El Periódico de Ceuta
Sin resultados
Ver todos los resultados
Portada Economía

Confirmado por el Estatuto de los Trabajadores: “Las fiestas laborales tendrán carácter retribuido y no recuperable”

18/11/2025
en Economía, Nacional
Tiempo de lectura: 3 minutos
A A

El artículo 37 del Estatuto establece que las fiestas laborales son remuneradas, no recuperables y que la empresa solo podrá hacer trabajar en ellas cuando contratos o convenios lo contemplen explícitamente.

El Estatuto de los Trabajadores ha aclarado recientemente que las fiestas laborales no solo deben ser retribuidas, sino que también son no recuperables, lo que significa que los trabajadores tienen derecho a disfrutar de estas jornadas sin la obligación de compensarlas posteriormente con horas adicionales de trabajo. Esta medida busca garantizar que los empleados no pierdan derechos laborales fundamentales como la remuneración por días festivos.

El artículo 37 del Estatuto especifica que las fiestas laborales, que no pueden exceder de un total de 14 días al año, incluyen tanto festivos de carácter nacional como aquellos de carácter local. Entre los festivos de carácter nacional, se encuentran días como la Navidad, el Año Nuevo, el 1 de mayo y el 12 de octubre, que son de obligatorio cumplimiento.

En este sentido, el Estatuto de los Trabajadores deja claro que las empresas no pueden obligar a los empleados a trabajar en esos días, salvo en casos excepcionales, donde el contrato o el convenio colectivo lo estipule explícitamente. Por ejemplo, sectores como la hostelería, el comercio o el transporte público pueden estar sujetos a convenios que obliguen a los trabajadores a prestar servicio durante los días festivos. Sin embargo, en estos casos, el trabajo realizado durante las fiestas laborales deberá ser compensado con un recargo adicional, que normalmente no será inferior al 75% del valor de un día laboral normal.

Te interesa

Condenado a más de 40 años de prisión por asesinar a su esposa e intentar matar a sus tres hijos en Logroño

09/02/2026

La DGT inicia una campaña especial para vigilar la seguridad de camiones y autobuses

09/02/2026

La Delegación del Gobierno refuerza la prevención de la violencia de género con los agentes de igualdad de los centros educativos

09/02/2026

Desconvocada la huelga ferroviaria tras el acuerdo entre el Gobierno y los sindicatos

09/02/2026

El derecho a la remuneración de los días festivos no solo se extiende a las festividades de carácter nacional, sino también a las locales, que generalmente serán decididas por cada comunidad autónoma o municipio, sin que eso implique la obligación de recuperar las horas de trabajo en otro momento. Esto también significa que las empresas no pueden organizar los descansos de manera que afecten sistemáticamente a los días festivos con la intención de evitar el pago adicional o las compensaciones establecidas por ley.

En sectores en los que no hay convenios que regulen específicamente las condiciones del trabajo en festivos, los empleados no están obligados a trabajar en días festivos y, de hacerlo, tienen derecho a que se les remunere adecuadamente. En aquellos casos en los que las empresas quieran modificar el calendario de trabajo y días festivos para adaptarse a sus necesidades operativas, deberán hacerlo respetando los derechos de los trabajadores, y siempre dentro del marco legal establecido.

En resumen, el Estatuto de los Trabajadores refuerza los derechos de los empleados al asegurar que los festivos sean remunerados y no obligue a los empleados a hacer jornadas adicionales de forma forzosa, sino que, de ser necesario trabajar en esos días, este trabajo sea adecuadamente compensado.

Temas: convenios laboralesderechos de los trabajadoresempleoestatuto de los trabajadoresfiestas laboralesretribución no recuperabletrabajo en festivostrabajo en festivos en España
Compartir12Tweet7EnviarCompartirCompartir2
Noticia anterior

Conflictos diplomáticos entre España y Marruecos solucionados en muchos casos mediante llamada telefónica

Siguiente noticia

Empleado cobra por error 34 nóminas y se niega a devolver la suma: la Justicia dicta sentencia

Otras Noticias

Condenado a más de 40 años de prisión por asesinar a su esposa e intentar matar a sus tres hijos en Logroño

09/02/2026

La DGT inicia una campaña especial para vigilar la seguridad de camiones y autobuses

09/02/2026

La Delegación del Gobierno refuerza la prevención de la violencia de género con los agentes de igualdad de los centros educativos

09/02/2026

Desconvocada la huelga ferroviaria tras el acuerdo entre el Gobierno y los sindicatos

09/02/2026

La Justicia imputa por primera vez a dos exdirectores de la Guardia Civil en el caso Pegasus

09/02/2026

Entrenar para combatir bajo cero: el exigente curso de montaña del Ejército de Tierra

09/02/2026

Dos años del ataque mortal a guardias civiles en Barbate: la justicia avanza contra los responsables

09/02/2026

La Audiencia de Madrid decide sobre el futuro judicial de Íñigo Errejón por presuntas agresiones sexuales

09/02/2026
Ver más
Siguiente noticia

Empleado cobra por error 34 nóminas y se niega a devolver la suma: la Justicia dicta sentencia

Escándalo en los pescadores: descubren que la perca asiática se vende como “lubina” en España

Confirmado: Subida de las pensiones en 2026 – ¿Cuánto vas a cobrar si tienes la pensión mínima de jubilación?

La Seguridad Social ‘regala’ años de cotización para mejorar tu pensión: descubre si te puedes beneficiar

Tiempo en Ceuta

Ceuta, Spain
martes, febrero 10, 2026
Light rain
18 ° c
83%
26.6mh
19 c 16 c
Mié
17 c 16 c
Jue
Ver clima de Ceuta


PUBLICIDAD

Últimas noticias

Resultados loteria

Resultado de La Primitiva: comprobar el número premiado del sorteo de hoy, lunes 9 de febrero

09/02/2026

La combinación ganadora del sorteo de Loterías y Apuestas del Estado ofrece un nuevo bote para los acertantes de la...

Resultado del Cupón diario de la ONCE y Super Once: comprobar el número premiado de hoy, lunes 9 de febrero

09/02/2026

Resultado de la Bonoloto: comprobar el número premiado en el sorteo de hoy, lunes 9 de febrero

09/02/2026

Resultado de Eurodreams: Comprobar el número premiado del sorteo de hoy, lunes 9 de febrero

09/02/2026

Horóscopo del martes 10 de febrero: predicciones para todos los signos del zodiaco

09/02/2026

El Congreso rechaza la indemnización solicitada por José Luis Ábalos tras su renuncia al acta de diputado mientras está en prisión provisional

09/02/2026
  • Contacta
  • Publicidad
  • Aviso Legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
Unpu Group Solutions SL WhatsApp

© 2025 El Periódico de Ceuta - Medio de Comunicación.

Gestionar consentimiento
Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
  • {title}
  • {title}
  • {title}
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Política
  • Nacional
  • Internacional
  • Ceuta
  • Deportes
  • AD Ceuta
  • Sociedad
  • Marruecos
  • Sucesos
  • Economía
  • Cultura
  • Sanidad
  • Ciencia
  • Educación
  • Horóscopo
  • Loterías
  • Santoral del día
  • El Tiempo
  • Farmacias de guardia
  • Cartelera
  • Agenda Cultural
  • Horario Helicóptero
  • Horario Ferrys
  • Sorteo Cruz Roja
  • Ramadán
  • Opinión

© 2025 El Periódico de Ceuta - Medio de Comunicación.