El trabajador llevaba 13 años en la empresa y alegó que tenía mucha hambre, pero el TSJ de Baleares considera que consumió un producto sin pagar y vulneró la buena fe contractual
Un trabajador de una cadena de supermercados de Mallorca ha visto confirmado su despido disciplinario después de ser sorprendido comiéndose un producto del establecimiento sin haberlo abonado previamente. El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha ratificado la decisión de la empresa al considerar que la conducta supuso una ruptura de la confianza necesaria en la relación laboral.
El empleado, que llevaba 13 años trabajando para la compañía, fue despedido el 1 de julio de 2024 tras un incidente ocurrido unos días antes en el supermercado donde ejercía como gerente.
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Sorprendido comiendo una bandeja de pollo sin ticket
Según recoge la sentencia, los hechos ocurrieron el 28 de junio de 2024, alrededor de las 21:20 horas. Una coordinadora del establecimiento acudió a la zona de limpieza tras detectar una incidencia y, al no encontrar al trabajador en su puesto, sus compañeros le indicaron que estaba limpiando la máquina de zumos.
Fue entonces cuando encontró al empleado consumiendo una bandeja de pollo con patatas valorada en 4,50 euros, un producto que se encontraba a la venta en el supermercado.
La coordinadora le recriminó la situación preguntándole: “¿Qué haces? ¿Estás comiendo? Sabes que esto no se puede hacer”.
El trabajador reconoció que conocía la prohibición y respondió que “ya lo sabía pero que tenía mucha hambre”. Además, cuando se le solicitó el comprobante de compra, no pudo aportar ningún ticket.
El tribunal rechaza que el bajo valor del producto justifique una sanción menor
El empleado recurrió el despido ante el Juzgado de lo Social número 5 de Palma, defendiendo que debía tenerse en cuenta tanto el reducido valor del producto como su antigüedad en la empresa y la ausencia de sanciones anteriores.
Su defensa reclamaba aplicar la llamada “teoría gradualista”, que permite valorar las circunstancias concretas de cada caso antes de confirmar un despido.
Sin embargo, el TSJ balear rechazó este argumento al considerar que existía una diferencia respecto a otros casos en los que una empresa había permitido determinadas prácticas de autoconsumo. En esta ocasión, según la sentencia, el trabajador había recibido formación sobre las normas internas y conocía que no podía consumir productos sin pagarlos.
El despido se mantiene por pérdida de confianza
La Sala considera que la actuación del empleado supone una “transgresión de la buena fe contractual”, ya que afecta a la confianza depositada por la empresa, especialmente teniendo en cuenta su puesto de responsabilidad como gerente.
Aunque el importe del producto era reducido, el tribunal entiende que la cuestión principal no era el valor económico del pollo, sino el incumplimiento de las normas internas y la pérdida de confianza generada.
Con esta resolución, el TSJ de Baleares confirma la procedencia del despido disciplinario y desestima el recurso presentado por el trabajador.








