La nueva normativa permite el acceso al sistema sanitario mediante una declaración responsable y documentos que acrediten la residencia habitual. El Ministerio de Sanidad establece un protocolo de atención inmediata para colectivos vulnerables.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves el real decreto que regula el reconocimiento del derecho a la protección de la salud y la atención sanitaria para personas extranjeras en situación administrativa irregular. La medida, aprobada el pasado martes en el Consejo de Miembros, busca unificar el acceso al sistema público con cargo a fondos del Estado.
Requisitos y acreditación de identidad
Para beneficiarse de este derecho, los solicitantes deberán presentar una declaración responsable en la que certifiquen que no disponen de cobertura sanitaria por otra vía. Además, deberán acreditar su residencia habitual en territorio español, ya sea mediante el empadronamiento o, en su defecto, con pruebas alternativas como certificados de escolarización, facturas de suministros o informes de servicios sociales.
En cuanto a la identificación, será necesario aportar el pasaporte o un documento de identidad del país de origen. Si no se dispone de ellos, la administración aceptará cualquier documento oficial que incluya, al menos, una fotografía. Para los menores de edad, se habilitan opciones como el certificado de nacimiento o el libro de familia.
Asistencia inmediata y colectivos vulnerables
Una vez presentada la solicitud, el Ministerio de Sanidad activará un documento provisional que garantiza la asistencia desde el primer momento, estableciendo un plazo de tres meses para la resolución definitiva del expediente. No obstante, la norma blinda el derecho a la atención inmediata para colectivos en situación de especial vulnerabilidad, independientemente de su estatus administrativo. Entre estos se encuentran:
- Menores de edad y mujeres embarazadas.
- Víctimas de violencia de género, violencia sexual, explotación o trata.
- Solicitantes de protección internacional o del estatuto de apátrida.
Cobertura para españoles en el exterior
El decreto también introduce novedades para los españoles de origen que residen fuera del país. Estos ciudadanos, junto a sus familiares, tendrán derecho a la sanidad pública durante sus desplazamientos temporales a España, siempre que no cuenten con cobertura previa a través de convenios internacionales o de la legislación de seguridad social de sus países de residencia.


















