La Ciudad Autónoma de Ceuta ha puesto en marcha un procedimiento administrativo para dar de baja en el Padrón Municipal a varios ciudadanos por falta de renovación de su inscripción, según ha informado El Faro de Ceuta. La medida ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este lunes, 26 de enero de 2026.
El anuncio oficial, fechado el 20 de enero, hace referencia a un proceso de baja por caducidad en el Padrón de Habitantes, que afecta a personas inscritas en la ciudad que no han cumplido con los plazos legalmente establecidos para renovar sus datos padronales.
A quién afecta la medida
Tal y como recoge El Faro de Ceuta, el procedimiento se dirige de manera específica a los Extranjeros No Comunitarios Sin Autorización de Residencia Permanente (ENCSARP), un colectivo que está obligado por ley a renovar su inscripción en el Padrón cada dos años.
La falta de esta renovación conlleva, según la normativa vigente, la caducidad automática de la inscripción, una decisión que puede adoptarse incluso sin audiencia previa al interesado.
El origen: la corrección del “Error 111”
El motivo principal de estas notificaciones es la subsanación del denominado “Error 111”, relacionado con la incorrecta comunicación de la fecha de caducidad de las inscripciones padronales de ciudadanos extracomunitarios sin residencia permanente.
La Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local, establece de forma expresa la obligatoriedad de esta renovación periódica, requisito imprescindible para mantener la vigencia de la inscripción en el Padrón Municipal.
Competencias y marco legal
El procedimiento se apoya en el Real Decreto 1690/1986, que regula la población y demarcación territorial de las entidades locales y autoriza a los ayuntamientos a verificar los datos padronales y tramitar bajas de oficio cuando se detectan incumplimientos.
En el caso concreto de Ceuta, la competencia para la gestión, revisión y control del Padrón recae en la Consejería de Presidencia y Gobernación, dirigida por Alberto Gaitán Rodríguez, en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística (INE), según detalla El Faro de Ceuta.
Vías de recurso para los afectados
Aunque la resolución agota la vía administrativa, los ciudadanos afectados por esta baja por caducidad pueden ejercer su derecho a recurrir. Entre las opciones disponibles se encuentran:
- Recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes ante la administración.
- Recurso contencioso-administrativo, que puede interponerse en un plazo de dos meses ante los órganos judiciales competentes.
Desde la Ciudad se recuerda la importancia de mantener actualizada la inscripción padronal, ya que el Padrón Municipal es el documento oficial que acredita la residencia y el domicilio habitual, siendo fundamental para el acceso a servicios públicos y derechos administrativos en Ceuta.




















