El 1 de octubre de 2026 ha entrado en vigor en España una reforma del Reglamento General de Circulación aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, que modifica obligaciones para conductores, taxistas, repartidores, motoristas, ciclistas y usuarios de patinete. Este es el repaso a los principales cambios.
El cinturón, sin excepciones para taxistas ni repartidores
La reforma suprime las exenciones al uso del cinturón de seguridad que amparaban hasta ahora a taxistas, repartidores profesionales y profesores de autoescuela en determinadas situaciones. Desde el 1 de octubre, todos deben llevar el cinturón abrochado en todo momento, confirma Infobae.
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Más distancia y menos velocidad al adelantar ciclistas
Al adelantar a una bicicleta en vía interurbana, el conductor debe:
- Mantener al menos 1,5 metros de distancia lateral.
- Reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía.
En urbano, se fija además una distancia mínima de 5 metros por detrás antes de iniciar el adelantamiento.
Patinetes: edad mínima, casco y reflectantes
Los vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos, pasan a tener nuevas obligaciones:
- Edad mínima de 15 años para su conducción.
- Casco obligatorio.
- Elementos reflectantes en condiciones de poca visibilidad.
- Los repartidores profesionales que trabajen con bicicleta o VMP deberán llevar casco y chaleco reflectante de forma permanente.
La V16 conectada sustituye al triángulo
Desaparece el triángulo de preseñalización como dispositivo legal. La única señal válida pasa a ser la luz V16 conectada y geolocalizada, que transmite su posición automáticamente al sistema DGT 3.0.
Pasillo de emergencia obligatorio en atascos
Ante retenciones en autopistas y autovías, los conductores deben facilitar un pasillo central para el paso de servicios de emergencia, apartándose a los carriles exteriores. Es una regla ya habitual en otros países europeos.
Prohibido adelantar con nieve
Cuando la nieve o el hielo dificulten la circulación en autopistas y autovías, queda prohibido el adelantamiento y los vehículos deberán circular únicamente por el carril derecho, dejando libre el izquierdo para quitanieves y servicios de emergencia.
Multas y recomendaciones
El incumplimiento de las normas sobre adelantamiento a ciclistas puede llevar aparejada una multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos del carnet, según el régimen sancionador vigente. Para empresas con flotas, el 1 de octubre marca el momento de actualizar la formación de conductores y los protocolos de circulación, según advierte el medio especializado Motor16.
Fuentes y norma aplicable
Toda la reforma queda recogida en el Real Decreto 518/2026, del 24 de junio y publicado en el BOE a continuación. Para consultar el texto íntegro conviene acudir directamente al Boletín Oficial del Estado.




