La Audiencia Provincial de Madrid ha dado la razón al histórico dirigente socialista Joaquín Leguina al considerar que el PSOE vulneró su derecho de asociación durante el proceso que desembocó en su expulsión del partido. El tribunal revoca así una resolución anterior que avalaba la actuación de la dirección federal y concluye que la formación actuó de forma “desproporcionada” y “contraria a la buena fe”.
Dilación “injustificada” en el expediente
El fallo no cuestiona el motivo por el cual se abrió el expediente disciplinario —el apoyo público de Leguina e Ignacio Redondo Terreros a Isabel Díaz Ayuso en la campaña electoral madrileña de 2021, considerado por el PSOE como falta muy grave—, sino el modo en que se gestionó el procedimiento.
Los magistrados destacan que la ausencia de un plazo máximo en los estatutos del partido para mantener una suspensión cautelar generó una “laguna” que permitió apartar al militante “de facto” durante un periodo indefinido, situándolo en una “incertidumbre inaceptable”. Según la sentencia, esta falta de límites temporales vulneró el derecho de asociación del expresidente madrileño.
La Audiencia subraya que cuando Leguina presentó la demanda, en febrero de 2024, el expediente seguía sin resolverse, acumulando 14 meses de inactividad desde la suspensión y 32 meses desde que se inició el procedimiento en mayo de 2021. Durante ese tiempo, asegura, no existió “ninguna razón material, organizativa, jurídica o interna” que justificara la demora.
Sin indemnización por daños morales
Pese a reconocer la vulneración de derechos, el tribunal desestima la reclamación de Leguina de ser indemnizado por daños morales. El exdirigente socialista solicitaba 12.000 euros al entonces secretario de Organización, Santos Cerdán, y 6.000 euros a la exdirigente Marta López.
Los jueces no aprecian la “intencionalidad torticera” que el demandante atribuía a ambos responsables del procedimiento, por lo que quedan absueltos de responsabilidad personal.
Una expulsión ligada al apoyo a Ayuso
El conflicto se originó cuando la dirección federal del PSOE, con Pedro Sánchez al frente, abrió un expediente contra Leguina y Redondo Terreros tras su respaldo público a la candidata del Partido Popular en las elecciones autonómicas de Madrid. El partido lo consideró un acto de indisciplina grave, incompatible con la militancia socialista.
Sin embargo, según la Audiencia, el problema no radica en la decisión de suspender cautelarmente a Leguina, que podría considerarse ajustada a los estatutos, sino en la prolongación injustificada del proceso. Fue, de hecho, la demanda presentada por el afectado lo que acabó forzando la reactivación del expediente.
Los abogados de Leguina celebran la resolución
Los letrados de Joaquín Leguina, Ramón Caravaca e Ignacio Orbea, celebraron la sentencia y aseguraron que confirma el “carácter irregular” del procedimiento disciplinario seguido contra el último presidente socialista de la Comunidad de Madrid, que ocupó el cargo entre 1983 y 1995.








