La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) emitió una sentencia el pasado jueves que condena a Brasil por la detención ilegal y las torturas sufridas por Denise Peres Cripsim y Eduardo Leite en el contexto de la dictadura brasileña de 1970.
En este fallo, el Tribunal estableció que el Estado brasileño es «responsable internacionalmente» por no haber investigado adecuadamente las denuncias de tortura y la ejecución extrajudicial de Eduardo Leite. La CorteIDH enfatizó que estas violaciones de derechos humanos también han impactado gravemente a los familiares de las víctimas, privándolos del derecho a la verdad y a la integridad personal.
La sentencia subraya que los crímenes cometidos contra Denise y Eduardo constituyen crímenes de lesa humanidad, lo que significa que no están sujetos a prescripción según el derecho internacional. Este hecho pone de manifiesto la necesidad urgente de abordar la impunidad que ha caracterizado la justicia en Brasil respecto a estos crímenes.
Los hechos que llevaron a la condena se desarrollaron entre julio y diciembre de 1970. Denise, que estaba embarazada de seis meses, fue arrestada bajo acusaciones de subversión y terrorismo. Durante su detención, fue llevada a la Comisaría de Orden Político-Social (DOPS), donde sufrió torturas desde el 23 de julio hasta el 3 de agosto.
El 11 de agosto, debido al riesgo que la tortura suponía para su embarazo, Denise fue trasladada a un hospital clandestino. Su hija, Eduarda, nació el 11 de octubre en ese hospital, pero su nacimiento no fue registrado oficialmente.
Por su parte, Eduardo Leite fue detenido el 21 de agosto de 1970 y, de acuerdo con la Comisión Nacional de la Verdad, estuvo bajo custodia estatal durante 109 días, período en el cual fue sometido a tortura antes de que se informara falsamente que había muerto en un tiroteo el 8 de diciembre de ese año. La CNV ha documentado que Eduardo fue asesinado en realidad por un mayor del Ejército.
La CorteIDH resaltó la necesidad de que el Estado investigue, enjuicie y, si corresponde, castigue a los responsables, así como de brindar una perspectiva de género en el caso de Denise. En 2011, ella había presentado una denuncia penal por la tortura y ejecución de su esposo, pero en 2012 el fiscal decidió archivar el caso alegando que los delitos no eran considerados imprescriptibles en la legislación brasileña.
La CorteIDH ordenó a Brasil investigar estos hechos y sancionar a los culpables, además de localizar los restos de Eduardo Leite y corregir su certificado de defunción. También se pidió un acto público en el que el Estado reconozca su responsabilidad internacional y se adopten medidas para reconocer la imprescriptibilidad de estos delitos en el derecho brasileño.




















