El decreto para normalizar la situación de medio millón de extranjeros requiere la ausencia de antecedentes penales, pero otorga flexibilidad ante detenciones o investigaciones sin sentencia firme
El Gobierno de España ha formalizado las condiciones para el proceso de regularización extraordinaria de inmigrantes, una medida que permitirá a más de 500.000 personas en situación irregular obtener un permiso de residencia y trabajo por un periodo de un año. Según el decreto publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el requisito indispensable para acceder a este procedimiento será carecer de antecedentes penales, si bien la norma introduce matices significativos respecto al historial policial de los solicitantes.
La nueva normativa, que entra en vigor este jueves, establece que los aspirantes deberán demostrar su presencia en territorio nacional antes del 1 de enero de 2026 y acreditar una permanencia mínima de cinco meses. No obstante, el control de seguridad se erige como el pilar fundamental del proceso. La Administración exigirá un certificado de penales que abarque tanto España como los países donde el interesado haya residido en el último lustro, siempre por delitos tipificados en el ordenamiento jurídico español.
Distinción entre penales y policiales
Una de las claves de la reforma reside en la coexistencia de dos documentos distintos: el certificado de antecedentes penales y el informe policial. Mientras que el primero es estrictamente vinculante —su existencia implica la denegación—, el informe policial, que recopila detenciones o investigaciones que no han derivado en sentencia firme, será objeto de una interpretación más laxa.
El texto legal especifica que «la existencia de antecedentes en el informe policial no supondrá, por sí misma y de forma automática, causa de denegación de la autorización». En este sentido, los órganos tramitadores evaluarán de forma «casuística y circunstanciada» si el solicitante representa una amenaza real para el orden público, la seguridad nacional o la salud pública, evitando que arrestos sin condena bloqueen el proceso de forma arbitraria.
Vía diplomática para casos complejos
El Ejecutivo es consciente de las dificultades que algunos ciudadanos extranjeros pueden encontrar para obtener certificaciones de sus países de origen. Para evitar bloqueos burocráticos, se ha diseñado un mecanismo por el cual, si el solicitante no logra el documento en un mes, podrá presentar una declaración responsable. En tal caso, el Ministerio de Justicia asumirá la gestión por vía diplomática. Si tras tres meses no se obtiene respuesta de las autoridades extranjeras, el procedimiento se dará por desistido.
A este control de seguridad se suman otros requisitos vinculados al arraigo. Los solicitantes deberán acreditar contratos laborales, tener cargas familiares (menores o personas con discapacidad) o hallarse en una situación de vulnerabilidad debidamente certificada por entidades sociales. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha reiterado que el objetivo de esta medida es la integración documental de quienes ya contribuyen a la sociedad, subrayando que este proceso «no es para delincuentes».



















