MADRID – La Audiencia Nacional ha dictado sentencia contra el excomisario José Manuel Villarejo, condenándolo a tres años y medio de prisión por el uso y difusión ilícita del contenido del teléfono móvil de Dina Bousselham, exasesora de Podemos. El tribunal lo considera autor de un delito de revelación de secretos, agravado por su condición de funcionario público en el momento de los hechos.
El recorrido de los datos sustraídos
La sentencia considera probado que la tarjeta de memoria del móvil robado a Bousselham en 2015 llegó a manos de Villarejo a través de un periodista del Grupo Zeta en febrero de 2016. Lejos de utilizarla para una investigación oficial, el excomisario la almacenó y distribuyó su contenido a otros medios de comunicación con un objetivo político claro.
- Finalidad delictiva: Según los magistrados, Villarejo entregó la información a El Confidencial y OkDiario para elaborar noticias destinadas al «descrédito del partido político Podemos» y de su entonces líder, Pablo Iglesias.
- Abuso de funciones: El tribunal subraya que Villarejo se valió de su condición de policía y sus «funciones de inteligencia» para acceder a datos privados sin que existiera ninguna investigación judicial que lo respaldara.
Daño moral e indemnizaciones
La difusión de imágenes íntimas, datos bancarios y chats privados de Telegram supuso, según el fallo, un «daño moral ínsito en la humillación» al exponer la vida personalísima de los afectados.
| Afectado | Indemnización fijada | Motivo |
| Dina Bousselham | 5.000 € | Exposición de vida íntima y fotos personales. |
| Pablo Iglesias | 1.000 € | Difusión de datos bancarios y chats privados. |
El Estado ha sido declarado responsable civil subsidiario, lo que garantiza el pago de estas cuantías en caso de insolvencia del condenado.
Periodistas absueltos por perdón
Un detalle relevante del caso es la exclusión de la condena de los periodistas Alberto Pozas y Luis Rendueles (exdirectivos de Interviú). Aunque fueron quienes entregaron la copia a Villarejo, ambos quedaron fuera del proceso después de que tanto Bousselham como Iglesias les otorgaran el perdón de la parte ofendida.
El papel de Pablo Iglesias
La sentencia también aclara un punto polémico: confirma que el Grupo Zeta entregó la tarjeta original a Pablo Iglesias y que este la retuvo durante seis meses antes de devolvérsela a su asesora. Sin embargo, los magistrados determinan que no hay pruebas de que Iglesias dañara la tarjeta, centrando la responsabilidad penal exclusivamente en la maniobra de difusión orquestada por el excomisario.
Con esta resolución, la Audiencia Nacional vuelve a castigar las «finalidades desviadas» del comisario jubilado, quien utilizó su cargo como «tarjeta de presentación» para operar en las cloacas del Estado.















