El pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se reúne para fijar jurisprudencia sobre si familiares o terceros tienen «interés legítimo» para frenar la muerte asistida de un mayor de edad con plenas capacidades.
MADRID. – El Tribunal Supremo aborda este martes un debate jurídico y ético de gran calado: determinar si un progenitor está legitimado para recurrir ante la Justicia la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad y con plenas capacidades para decidir. El pleno de la Sala de lo Contencioso, integrado por 34 magistrados, se reúne a puerta cerrada con el objetivo de fijar una jurisprudencia definitiva sobre un vacío que genera una fuerte controversia en la aplicación de la Ley de Eutanasia.
El eje central de la deliberación es aclarar si un tercero ajeno a la Administración pública puede litigar para paralizar un proceso de muerte asistida ya autorizado. La resolución de este tribunal tendrá una importante «vis expansiva», afectando directamente a otros casos similares en el país.
El origen del debate: El caso de Francesc
El proceso llega al alto tribunal a raíz del caso de Francesc, un hombre de 55 años a quien la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña le otorgó el derecho a la muerte asistida. Francesc solicitó la prestación debido al sufrimiento causado por las graves secuelas en el habla y la movilidad que le dejaron tres ictus y dos infartos.
Sin embargo, su padre logró paralizar el proceso mediante un recurso judicial, alegando:
- La defensa del derecho a la vida y la obligación del Estado de protegerla.
- Una presunta situación de vulnerabilidad de su hijo por problemas de salud mental.
A pesar de estas alegaciones, un juzgado de Barcelona inadmitió inicialmente el recurso del padre, constatando que Francesc era un hombre «capaz de ejercer de forma libre todos los derechos», sin diagnósticos de enfermedad mental, que vivía solo y que mantenía una mala relación con su progenitor, habiendo solicitado expresamente que no se informara a su familia. Tras recurrir al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), este órgano sí reconoció el «interés legítimo» del padre, provocando que el caso escalara hasta el Supremo.
Las posturas en juego: Generalitat vs. Fiscalía
El debate contrapone diferentes interpretaciones de la Ley Orgánica Reguladora de la Eutanasia (LORE):
- La Generalitat de Cataluña: Defiende que la ley actual no contempla ninguna legitimación expresa a terceros para recurrir la prestación, motivo por el cual impugnó la intervención del padre.
- La Fiscalía: Ha emitido un informe en el que respalda el derecho de un familiar a recurrir, pero bajo condiciones estrictas. Sostiene que debe existir un «intenso vínculo afectivo presente» con el paciente y no una mera «relación biológica o familiar». Asimismo, el Ministerio Público niega tajantemente que las asociaciones provida tengan legitimación para intervenir en estos procesos.
El precedente de Noelia Castillo
Un contexto reciente: Este debate evoca inevitablemente el caso de la joven Noelia Castillo, quien falleció el pasado mes de marzo tras practicársele la eutanasia. Su proceso estuvo congelado por una larga batalla legal iniciada por su padre que también llegó al Tribunal Supremo. No obstante, en aquella ocasión el Alto Tribunal inadmitió el recurso por cuestiones de forma, sin entrar a dirimir si el progenitor tenía o no la legitimación que ahora sí se va a regularizar.















