La ayuda económica de los padres se ha convertido en una vía habitual para que muchos jóvenes puedan afrontar la entrada o los gastos de compra de su primera vivienda. Sin embargo, una transferencia familiar realizada sin documentación puede generar dudas ante la Agencia Tributaria.
La clave está en determinar desde el principio si el dinero se entrega como donación o como préstamo familiar, ya que cada operación tiene consecuencias fiscales diferentes.
El abogado David Jiménez advierte de que, cuando no existe documentación que demuestre otra finalidad, Hacienda puede interpretar la entrega de dinero de padres a hijos como una donación.
Donación o préstamo: una diferencia importante
Antes de realizar la transferencia, la familia debe dejar claro si los padres están regalando el dinero o si el hijo tendrá que devolverlo.
Cuando se trata de una donación, el hijo recibe el dinero sin obligación de reintegrarlo. En ese caso, deberá cumplir con las obligaciones relacionadas con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
La cantidad final dependerá, entre otros factores, del importe entregado y de las bonificaciones o reducciones vigentes en la comunidad autónoma correspondiente.
En cambio, cuando el dinero se entrega mediante un préstamo entre familiares, existe una obligación real de devolución. Este tipo de operación puede estar exenta de pago tributario, pero debe documentarse y presentarse correctamente ante la administración competente.
Qué ocurre si solo se hace una transferencia
Una transferencia bancaria sin contrato ni explicación suficiente puede despertar dudas sobre la verdadera naturaleza de la operación.
Según el especialista citado, la legislación tributaria permite presumir que determinadas entregas de dinero tienen carácter gratuito, salvo que los contribuyentes puedan demostrar que responden a un préstamo u otra operación diferente.
Por este motivo, no basta con escribir “préstamo” en el concepto de la transferencia. La familia debe conservar pruebas que acrediten que el dinero será devuelto y que existe un acuerdo real entre las partes.
El documento que conviene firmar
Cuando los padres prestan el dinero, la recomendación es formalizar un contrato de préstamo familiar.
El documento debería recoger, como mínimo, la identidad de las partes, la cantidad prestada, la fecha de entrega, el plazo de devolución y la forma en que se efectuarán los pagos.
También debe indicarse si el préstamo tiene intereses o si se concede sin ellos. Aunque sea una operación entre familiares, sus condiciones deben ser claras y coherentes con lo que posteriormente ocurra en la práctica.
El contrato puede convertirse en la principal prueba para demostrar ante Hacienda que el dinero no fue entregado como regalo.
La devolución debe ser real y comprobable
Un préstamo no puede existir únicamente sobre el papel. El hijo debe devolver el dinero conforme a las condiciones acordadas.
El abogado recomienda que tanto la entrega inicial como las cuotas posteriores se realicen mediante transferencias bancarias, evitando pagos en efectivo que resulten más difíciles de acreditar.
Los justificantes bancarios, el contrato y el calendario de pagos permitirán demostrar que existe una devolución efectiva.
Si no se realizan los pagos acordados o nunca hubo intención de recuperar el dinero, Hacienda podría considerar que el supuesto préstamo es en realidad una donación encubierta.
No conviene simular un préstamo
Presentar como préstamo una entrega de dinero que realmente es un regalo puede generar una regularización tributaria.
En ese supuesto, la Agencia Tributaria podría exigir el pago del impuesto correspondiente a la donación, además de intereses y posibles sanciones si aprecia que la operación fue declarada incorrectamente.
Por ello, la modalidad elegida debe reflejar la verdadera intención de la familia.
Si los padres no esperan recuperar el dinero, lo adecuado es tramitarlo como una donación y cumplir con las obligaciones fiscales aplicables.
También debe comunicarse el préstamo
Aunque los préstamos familiares puedan estar exentos de tributación, normalmente deben formalizarse y presentarse ante la administración tributaria mediante el procedimiento correspondiente.
Esta gestión permite dejar constancia oficial de la operación y reforzar la documentación disponible en caso de una comprobación posterior.
Los trámites y plazos pueden variar según la comunidad autónoma, por lo que resulta recomendable revisar la normativa aplicable antes de entregar el dinero.
Documentar la ayuda evita problemas posteriores
La compra de una vivienda implica movimientos económicos importantes que pueden ser revisados por Hacienda.
Formalizar correctamente la ayuda familiar permite justificar el origen de los fondos utilizados para pagar la entrada, los impuestos, los gastos de compraventa o parte del precio del inmueble.
Decidir si se trata de una donación o de un préstamo, firmar la documentación adecuada y conservar los justificantes bancarios puede evitar futuras inspecciones, liquidaciones o sanciones.















