Un trabajador ingresó por error el sueldo de 34 compañeros, aproximadamente 75.000€, y tras negarse a devolver el dinero alegando que era un “error técnico”, los tribunales le han dado la razón a la empresa y le exigen la devolución.
Un fallo en la nómina de la empresa estatal Severavtodor – que opera en la ciudad de Khanty-Mansiysk – permitió que un trabajador, identificado como Vladimir Rychagov, recibiera el salario correspondiente a 34 empleados, cuando en realidad debía ingresar solo su propio sueldo. Según la transferencia, que ascendió a 7.112.254 rublos (unos 75.000€ al cambio), la empresa había enviado el pago de una paga extra junto al salario habitual de diciembre.
El trabajador, en lugar de alertar a su empresa, decidió quedarse con el montante e incluso adquirió bienes, entre ellos un coche, con ese dinero. Afirmó públicamente que consideraba tener derecho sobre esa cantidad, pues según su versión el abono apareció bajo el concepto de “salario” y se trató de un “error técnico”, no de un pago indebido consciente.
Ante la reclamación de la empresa para la devolución inmediata del dinero, Rychagov ofreció devolverlo en plazos mediante descuentos del 20% de su salario mensual, oferta que la empresa rechazó y llevó el caso a los tribunales. Finalmente, un tribunal de primera instancia dio la razón a la empresa, obligando al trabajador a restituir la suma, y el caso ha sido llevado al Tribunal Supremo en apelación.
El fallo sienta un precedente relevante: establece que, aunque el pago se haya provocado por un error del empleador, cuando los fondos correspondían inequívocamente al salario de otros trabajadores, el beneficiario no queda exento de devolverlos. En la sentencia se subraya que el dinero no se convirtió automáticamente en lícito solo por aparecer como “salario” en el abono, si su destino real era otro. El caso pone sobre la mesa cuestiones de derecho laboral, responsabilidad y buen funcionamiento de los sistemas de nómina automatizados.
Desde la perspectiva de la empresa, este fallo refuerza su posición de que “los ingresos fraccionados o abonados por error” deben restituirse, más aún cuando estén debidamente identificados como nóminas de otros empleados. En el entorno jurídico, el caso también ha suscitado debate sobre la distinción entre “error técnico” y “error de facturación” y sobre las responsabilidades del trabajador que acepta libremente el pago.
Para Rychagov, el camino de la apelación continúa abierto y el Tribunal Supremo ha aceptado el recurso, lo que mantiene el asunto en suspenso. Mientras tanto, la empresa ha logrado congelar sus cuentas bancarias y emprender las gestiones necesarias para el reembolso del importe.
Este episodio es un contundente recordatorio: un abono millonario por error no se convierte automáticamente en propiedad legítima solo porque el trabajador lo reciba. Y ofrece una lección valiosa para las empresas sobre la necesidad de contar con mecanismos rigurosos de control de nóminas y pagos, así como para los empleados sobre la obligación ética y legal de devolver lo que no les corresponde verdaderamente.








