La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) no vigila de forma general los regalos que reciben los ciudadanos con motivo de la festividad de los Reyes Magos, según han explicado técnicos del Ministerio de Hacienda. En la práctica, los obsequios habituales —como juguetes, ropa o pequeños aparatos electrónicos— no generan obligaciones fiscales, a menos que su valor económico sea extraordinariamente elevado, apuntan las fuentes.
El sindicato de técnicos del Ministerio, Gestha, recuerda que, aunque cualquier regalo en teoría quedaría sujeto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (que gravaría las donaciones entre particulares), la Agencia Tributaria y las haciendas autonómicas no controlan ni exigen el pago de este impuesto en la inmensa mayoría de los casos típicos de estas fechas.
Solo cuando se reciben bienes de alto valor —como grandes sumas de dinero, inmuebles, vehículos o joyas— podría activarse un control por parte de la administración autonómica correspondiente y exigirse la declaración del impuesto. En estos supuestos, el fisco podría solicitar la documentación y regularizar la situación fiscal del receptor según la normativa de cada comunidad autónoma.
Gestha recalca que recibir regalos “normales” por Reyes no plantea problemas fiscales —ni la AEAT ni las haciendas autonómicas suelen intervenir— pero advierte de que los obsequios de gran valor sí pueden conllevar obligaciones tributarias bajo el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.


















