VALENCIA — La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha dictado una sentencia condenatoria de ocho años y seis meses de prisión para el futbolista Rafael Mir Vicente por un delito de agresión sexual con acceso carnal y un delito de lesiones. El fallo judicial concluye de forma contundente que quedó plenamente acreditada la ausencia de consentimiento por parte de la víctima durante los hechos ocurridos la madrugada del 1 de septiembre de 2024 en el domicilio particular del jugador.
Los hechos juzgados se remontan a finales del verano de 2024, cuando Rafa Mir militaba en las filas del Valencia CF. Según declara probado la resolución judicial, tras una noche de ocio, el futbolista se trasladó a su vivienda en la localidad de Bétera junto a un grupo de personas. El tribunal ha determinado que la agresión sexual se consumó en dicha residencia, desestimando de forma íntegra la versión de la defensa, que sostenía que las relaciones mantenidas fueron completamente consentidas.
Desglose de las penas e indemnizaciones
La condena impuesta al delantero se divide concretamente en:
- Siete años de prisión por el delito de agresión sexual con acceso carnal.
- Dieciocho meses de prisión correspondientes a un delito de lesiones físicas y psicológicas.
- Medidas cautelares: Una orden de alejamiento y prohibición estricta de comunicación con la víctima por un periodo de diez años.
- Responsabilidad civil: La obligación de abonar una indemnización económica total de 64.000 euros (50.000 euros por daños morales y 14.000 euros derivados de las secuelas y lesiones físicas).
Condena para el segundo implicado
El proceso judicial también incluía al futbolista Pablo Jara, amigo del delantero, quien se encontraba en el inmueble aquella noche. La Audiencia de Valencia lo ha condenado a una pena de dos años y medio de cárcel. El fallo considera acreditado el trato degradante y las lesiones infligidas a las jóvenes tras echarlas de forma violenta y semidesnudas a la calle, arrojándoles posteriormente la ropa por encima de la valla de la propiedad.
Durante la vista oral, celebrada a finales de mayo de 2026, la denunciante principal se ratificó firmemente en que el futbolista la sujetó impidiéndole el movimiento y sin mediar consentimiento alguno. Las pruebas periciales psicológicas y médicas aportadas por las acusaciones terminaron por fundamentar la convicción del tribunal.
La defensa anuncia recursos
Cabe destacar que esta sentencia dictada por la Audiencia de Valencia no posee carácter firme. Apenas trascendió el fallo oficial, Rafa Mir utilizó sus perfiles en las redes sociales para manifestar públicamente su disconformidad con la resolución y reafirmar su inocencia.
“No estoy de acuerdo con la sentencia y recurriremos en los próximos días”, publicó el jugador, concluyendo con un mensaje en el que afirma que “sigue confiando en la Justicia”. Su equipo legal interpondrá un recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) dentro del plazo legal estipulado.












