El procedimiento judicial contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, ha sufrido un drástico frenazo que cambia por completo el tablero del caso. La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado reordenar la causa, forzando un retorno a la casilla de salida del pasado mes de abril.
Esta resolución enmienda de forma parcial la estrategia del juez instructor Juan Carlos Peinado: invalida la apertura del juicio oral dictada en junio, reduce drásticamente el catálogo de delitos imputados y anula las medidas cautelares de retirada de pasaporte y comparecencias quincenales al no apreciar riesgo de fuga.
Reducción de delitos y fragmentación de la causa
El tribunal madrileño ha acotado de forma contundente el alcance penal del proceso, dictaminando qué acusaciones se mantienen y cuáles quedan definitivamente archivadas:
- Begoña Gómez: Será juzgada por un tribunal de jurado únicamente por dos presuntos delitos: tráfico de influencias y malversación. La Audiencia ha decretado el sobreseimiento de los otros dos delitos por los que la acusaba el juez Peinado: corrupción en los negocios y apropiación indebida.
- Cristina Álvarez (asesora): El procedimiento contra ella continúa, pero rebajado a un solo presunto delito de malversación de caudales públicos.
- Juan Carlos Barrabés: El empresario queda completamente apartado de este procedimiento de jurado. La investigación contra él se derivará a una causa independiente.
Regreso a abril: las partes deben reformular sus peticiones
La decisión de la Audiencia de Madrid, que es firme y no admite recurso, implica la anulación total de todo lo actuado desde el pasado 11 de abril. El proceso se retrotrae al momento exacto en el que finalizó la instrucción.
Ahora, los plazos se congelan para que las partes acusadoras y las defensas reconfiguren sus escritos adaptándose estrictamente al nuevo escenario:
- La Fiscalía y la defensa: Insistirán en que no existe base delictiva y volverán a solicitar el archivo definitivo de la causa.
- La acusación popular (liderada por Hazte Oír): Deberá reformular a la baja sus peticiones iniciales de pena, que llegaban hasta los 24 años de cárcel para Gómez y 22 para Álvarez cuando se contemplaban cuatro delitos.
La jubilación del juez Peinado añade incertidumbre al calendario
Una vez que el juzgado reciba los nuevos escritos de las partes, se deberá dictar un nuevo auto de apertura de juicio oral. Sin embargo, los plazos juegan ahora un papel crucial.
Fuentes jurídicas consultadas apuntan a la incertidumbre de si será el propio magistrado Juan Carlos Peinado quien firme esa apertura. El juez instructor se jubila a finales del próximo mes de septiembre, al alcanzar los 72 años (edad máxima que permite la ley para el ejercicio de la judicatura). Si el proceso se dilata más allá de esa fecha, la firma de la apertura del juicio o las decisiones inmediatas recaerán en el magistrado que pase a sustituirle de forma oficial en la plaza número 41 del tribunal de instancia de Madrid.


















