El Juzgado de lo Penal número 22 de Madrid ha absuelto a la historiadora del arte y tertuliana Pilar Baselga de un presunto delito de injurias graves contra el honor. La querella había sido interpuesta por Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, tras unas declaraciones realizadas en televisión en noviembre de 2022.
En la sentencia, la jueza Beatriz Suárez determina que el uso del término «Begoño» no es por sí solo injurioso y que, en todo caso, encaja dentro de una «gracieta» amparada por el derecho a la crítica y el humor satírico (animus iocandi). La acusación particular solicitaba para Baselga una multa de 21.000 euros y una indemnización de 20.000 euros solidaria con la cadena Distrito TV.
Falta de relevancia penal y ausencia de declaración
La resolución judicial considera probado que Baselga afirmó en el programa Los intocables que existían «sospechas» sobre el género de Gómez en sus inicios, la llamó «esposo» y la vinculó falsamente con una trama de narcotráfico en Marruecos que habría motivado su salida de la Universidad Complutense y del Instituto de Empresa. Sin embargo, la magistrada concluye que estos hechos no alcanzan la relevancia penal necesaria para constituir un delito de injurias graves.
Asimismo, la jueza señala una «quiebra» en la prueba debido a que Begoña Gómez no compareció a declarar en el juicio. Al no disponer de un relato directo sobre el impacto real en su reputación, la magistrada indica que esta ausencia no puede ser compensada por informes periciales.
Personaje público y vía civil
La sentencia también fundamenta la absolución en la condición de Gómez como personaje público al ser la esposa del presidente del Gobierno, lo que reduce el nivel de protección de su derecho al honor frente a la libertad de expresión. Para que exista difamación penal, se requiere una falsedad realizada con desprecio absoluto hacia la verdad; un extremo que no se aprecia en este caso, donde además la tertuliana se disculpó y admitió que sus palabras fueron desafortunadas.
Con este fallo, la cadena de televisión Distrito TV queda exenta de responsabilidad civil. Finalmente, la magistrada ha recordado a la demandante que, aunque se haya desestimado la vía penal, mantiene la opción de acudir a la vía civil para defender su derecho al honor.












