Alicante — La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a un hombre a una pena total de 8 años, 7 meses y 16 días de prisión tras declararlo culpable de agredir sexualmente a su pareja sentimental, maltratarla físicamente y amenazarla reiteradamente con difundir un vídeo de carácter sexual que él mismo grabó sin su consentimiento.
Una agresión sexual grabada bajo coacción
Los hechos principales se remontan al 4 de septiembre de 2024, en la vivienda que la pareja compartía en la localidad alicantina de Villena. Según declara probado la sentencia, el acusado forzó a la víctima a realizarle una felación en contra de su voluntad.
Durante la agresión, el procesado utilizó su teléfono móvil para registrar los hechos en vídeo, una grabación que posteriormente instrumentalizó como herramienta de chantaje, amenazando a la mujer con difundirla públicamente si no accedía a repetir dicha práctica sexual.
Escalada de violencia física y amenazas de muerte
El tribunal detalla que la violencia física y psicológica continuó durante los meses siguientes:
- Noviembre de 2024: En un día sin determinar, el condenado le arrojó un teléfono móvil a la cara, le propinó un puñetazo y la tiró al suelo. Acto seguido, volvió a amenazarla con difundir el vídeo si la víctima acudía a un centro médico para recibir asistencia por las lesiones.
- Diciembre de 2024: Tras la decisión de la mujer de romper la relación, el acusado la llamó por teléfono y le envió varios mensajes con amenazas explícitas de muerte dirigidas tanto a ella como a su madre.
Desglose de las penas impuestas
La Audiencia de Alicante ha tipificado los hechos en tres delitos diferenciados:
| Delito | Pena impuesta |
| Agresión sexual | 7 años de prisión |
| Malos tratos (Violencia de género) | 10 meses y 15 días de prisión |
| Amenazas | 9 meses y 1 día de prisión |
| Responsabilidad Civil | Indemnización de 1.500 € a la víctima por daños morales |
Testimonio clave de la víctima
A pesar de que la víctima no compareció en la vista oral por encontrarse actualmente en paradero desconocido, los magistrados han considerado que sus declaraciones prestadas durante la fase de instrucción constituyen prueba de cargo plenamente válida.
El tribunal ha otorgado total credibilidad a su testimonio inicial, destacando la verosimilitud de los hechos narrados, la ausencia de contradicciones y la firme persistencia en su relato desde el momento en que se interpuso la denuncia.
El fallo judicial aún no es firme, por lo que la defensa del condenado dispone de un plazo de diez días para interponer un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
















