El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a prisión permanente revisable y 25 años de cárcel impuesta a José Reñones por el asesinato de su pareja y de la hija de ambos, de once meses, ocurrido en diciembre de 2021 en la localidad cántabra de Liaño, en el municipio de Villaescusa.
La Sala de lo Penal ha rechazado el recurso presentado por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, que ya había avalado el fallo de la Audiencia Provincial tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular por ambos asesinatos.
En su resolución, el alto tribunal subraya que existe prueba suficiente y concluyente para sostener la doble condena, valorada de forma correcta por el tribunal del jurado. Según los hechos probados, el acusado atacó por sorpresa a su pareja cuando esta llegó a la finca acompañada de la niña, sin aceptar la decisión de la mujer de poner fin a la convivencia.
El Supremo describe que Reñones, “persona corpulenta y de gran envergadura”, golpeó a la víctima de manera “brutal, reiterada y violenta” con puñetazos y patadas en la cabeza y el cuerpo, además de apuñalarla con un arma blanca, causándole la muerte. Posteriormente, asesinó a la bebé estrangulándola y asestándole una puñalada.
La sentencia incide en que durante la relación el acusado mantuvo comportamientos despectivos, autoritarios y de dominación hacia su pareja y hacia la menor, y califica los crímenes como un acto de violencia machista y vicarial. “La decisión de la ruptura de la relación de pareja de la mujer es contestada con el crimen de género y vicarial”, señala la resolución.
El alto tribunal considera los hechos “execrables y sumamente graves” y apunta que podrían haberse evitado si se hubiera detenido al acusado tras vulnerar reiteradamente la orden judicial de alejamiento. En este sentido, destaca la “evidente peligrosidad” del condenado y el elevado riesgo que suponía permitir que se acercara a las víctimas.
José Reñones se convierte así en la primera persona condenada a prisión permanente revisable por la Audiencia Provincial de Cantabria, la máxima pena prevista en el ordenamiento jurídico español.


















