El Tribunal Superior de Justicia de Asturias confirma la nulidad del segundo cese de una trabajadora de una tienda de pinturas y condena a la compañía al pago de más de 25.000 euros por vulneración de derechos fundamentales.
Lo que comenzó como una discrepancia organizativa en una tienda de pinturas ha derivado en una severa condena para la empresa empleadora. La Justicia ha dictaminado una doble derrota para la compañía tras intentar despedir, hasta en dos ocasiones y en un breve espacio de tiempo, a la misma trabajadora. El origen del conflicto se sitúa en la negativa de la empleada a aceptar modificaciones en su horario laboral, un hecho que desencadenó una sucesión de medidas disciplinarias que los tribunales han calificado como represalias.
El primer intento de despido se produjo en abril de 2024, alegando la empresa una supuesta falta de rendimiento. Sin embargo, el juzgado declaró aquella decisión nula al no existir pruebas y apreciar que el motivo real era el conflicto horario. Tras ser readmitida en septiembre con una indemnización de 5.000 euros, la situación lejos de reconducirse se agravó. Apenas unas semanas después, la empleada fue destinada a otro centro y acusada de irregularidades en el inventario, lo que derivó en una baja médica por ansiedad y una denuncia ante la Inspección de Trabajo.
Acusaciones sin respaldo probatorio
El segundo despido disciplinario, ejecutado en diciembre de 2024, se fundamentó en tres pilares: la supuesta desaparición de bidones de pintura, insultos al gerente y un enfrentamiento telefónico con el jefe de ventas. No obstante, la sentencia subraya que la empresa no aportó inventarios verificables ni registros que demostraran la autoría de la falta de mercancía. Asimismo, tampoco se acreditaron los términos de los supuestos insultos, quedando las acusaciones en meras afirmaciones sin respaldo objetivo.
La clave del fallo judicial reside en la protección de la garantía de indemnidad, que ampara a los trabajadores frente a cualquier represalia por ejercer sus derechos legales. Para el tribunal, la concatenación de hechos —un primer despido nulo, una readmisión reciente, una denuncia a la Inspección y una baja médica— constituye un indicio claro de que la empresa actuó motivada por el revanchismo y no por causas objetivas.
Una condena que supera los 25.000 euros
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha ratificado la nulidad de este segundo cese, obligando a la empresa a la readmisión inmediata de la trabajadora en sus condiciones originales. La cuantía económica impuesta por la justicia se desglosa de la siguiente manera:
- 11.249,50 euros en concepto de indemnización por vulneración de derechos fundamentales.
- Abono de los salarios de tramitación dejados de percibir desde el momento del cese.
- Suma de las indemnizaciones previas, alcanzando un total que ya supera los 25.000 euros a falta del cálculo final de los sueldos atrasados.
Aunque la compañía aún tiene la opción de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, las resoluciones judiciales dictadas hasta la fecha son contundentes. Este caso sienta un precedente sobre el rigor con el que la Justicia analiza los despidos disciplinarios producidos inmediatamente después de que un empleado ejerza reclamaciones formales contra su empresa.




















