Los dos acusados aceptaron la pena tras un acuerdo de conformidad y deberán indemnizar a la víctima con casi 20.000 euros por las graves lesiones causadas.
La titular del Juzgado de lo Penal número 1 del Tribunal de Instancia de Ceuta ha dictado una sentencia condenatoria contra dos hombres como autores de una brutal paliza a un joven en el mirador de San Antonio. Los hechos, que se remontan a la madrugada del pasado año, se han resuelto mediante un acuerdo de conformidad entre las partes.
Durante la vista oral, los acusados reconocieron formalmente los hechos y aceptaron una pena de dos años de prisión, además de una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima que estará vigente durante un periodo de tres años.
Suspensión de la pena bajo condiciones
La resolución judicial contempla que la pena privativa de libertad quedará suspendida para ambos condenados. No obstante, para evitar el ingreso en prisión, el tribunal les ha impuesto el estricto cumplimiento de varios requisitos:
- No reincidir: La obligación de no volver a delinquir durante el periodo que dure la suspensión de la pena.
- Responsabilidad civil: El pago conjunto y solidario de una indemnización de 19.570 euros a la víctima en concepto de daños y perjuicios.
Una agresión con botellas y patadas
Los hechos juzgados ocurrieron alrededor de las 6:00 horas del 5 de junio del año pasado en el mirador de San Antonio. Según recoge la sentencia, los dos procesados se encontraban en el lugar junto al denunciante cuando, tras una discusión previa y actuando de común acuerdo, comenzaron a agredirle de forma violenta.
Durante el ataque, uno de los acusados golpeó al joven con una botella, mientras ambos le propinaban numerosas patadas y puñetazos por todo el cuerpo con la clara intención de menoscabar su integridad física.
Cien días de recuperación
A consecuencia de la gravedad de la paliza, el agredido sufrió múltiples heridas que requirieron tratamiento médico especializado tras la primera asistencia de urgencia:
- Fractura distal de cúbito y radio en el brazo izquierdo.
- Herida inciso-contusa en la cola de la ceja izquierda.
- Erosiones faciales y una contusión periorbitaria derecha.
El proceso de curación de las lesiones se prolongó durante 100 días, de los cuales 99 fueron catalogados como impeditivos (días en los que el afectado estuvo incapacitado para realizar sus actividades habituales), además de un día valorado con perjuicio básico moderado, tal y como ha quedado acreditado en la resolución judicial definitiva.











