MADRID.– La Sección Decimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia condenatoria de diez años y medio de prisión contra Enrique Antonio S. D., exprofesor de matemáticas de 4º de la ESO en un instituto de la localidad madrileña de Villanueva del Pardillo. El tribunal lo ha hallado culpable de abusar sexualmente de tres alumnas y de violar a una cuarta en el año 2019, causándole a esta última un severo deterioro psíquico que derivó de forma trágica en su suicidio en agosto de 2025.
El fallo judicial impone al procesado —de nacionalidad española y cuyos antecedentes penales previos por abuso sexual ya se encontraban legalmente cancelados— una pena de nueve años de prisión por el delito de agresión sexual continuada hacia la alumna principal y un año y medio adicional por los abusos a otra de las menores. Asimismo, la Sala le ha impuesto multas que suman un total de 10.080 euros por las vejaciones a las otras dos víctimas, junto con la obligación de abonar indemnizaciones civiles por un valor global de 59.000 euros.
Un calvario psicológico irreversible
La resolución judicial detalla con crudeza el «grave e irreversible» daño psicológico infligido a la menor agredida de gravedad. De acuerdo con los informes periciales psicológicos y psiquiátricos validados por el tribunal, el episodio traumático desencadenó en la víctima un trastorno adaptativo agudo con severa sintomatología ansioso-depresiva, sumado a un profundo trastorno de la personalidad.
La sentencia constata que, tras la agresión sufrida en el interior del centro escolar, la vida de la joven se sumió en una espiral de suffering: padecía pesadillas recurrentes, insomnio severo, aislamiento absoluto en su habitación y conductas de inanición. El cuadro clínico requirió hasta ocho ingresos hospitalarios de urgencia en el solo transcurso del año posterior a los hechos.
En un desesperado intento por mitigar el trauma, la familia de la menor gestionó su traslado a otro centro educativo y procedió al cambio legal de su nombre de pila, debido a que la joven asociaba de forma obsesiva su propio nombre con la agresión, puesto que el docente lo repetía continuamente mientras la violaba. A pesar de estas medidas asistenciales y del constante apoyo familiar, la víctima manifestó la «imposibilidad de seguir adelante con su existencia» y se quitó la vida en agosto de 2025.
El ‘modus operandi’ en las aulas
Los magistrados de la Audiencia de Madrid han considerado plenamente probadas las acusaciones basándose en el testimonio de las cuatro menores, cuyas declaraciones fueron descritas como coherentes, persistentes y plenamente corroboradas entre sí. Los testimonios describieron un patrón de conducta reiterado por parte del docente, que comenzaba con comentarios lascivos e inapropiados dentro del aula, continuaba mediante comunicaciones privadas a través de la plataforma virtual oficial del instituto y culminaba en tocamientos forzados en encuentros a solas.
La agresión más grave se consumó aprovechando uno de estos encuentros privados en el propio recinto escolar, donde el docente violó a la menor. El tribunal restó toda veracidad a la línea de defensa mantenida por Enrique Antonio S. D., quien durante la celebración del juicio oral negó categóricamente las acusaciones e intentó justificar el proceso penal aludiendo a un supuesto complot urdido en su contra. La Sala calificó dicha argumentación de inverosímil y carente de sustento frente al abrumador conjunto probatorio testifical, documental y médico aportado por las acusaciones.
Sanciones accesorias y medidas de protección
Además de los diez años y medio de cárcel, la condena impone severas restricciones enfocadas en la protección de las víctimas y de la sociedad:
- Inhabilitación absoluta: Se le prohíbe durante 25 años y medio ejercer cualquier profesión, oficio o actividad (sean o no retribuidas) que implique contacto directo con menores de edad.
- Libertad vigilada: Tras cumplir su tiempo en prisión, estará sujeto a control judicial durante un periodo total de 17 años.
- Órdenes de alejamiento: Prohibición absoluta de acercarse a las víctimas sobrevivientes. En el caso de la menor fallecida, la orden se extiende por 15 años y prohíbe al condenado aproximarse tanto a los padres de la joven como al lugar donde descansan sus restos mortales.
- Reparto de indemnizaciones: De los 59.000 euros dictados en concepto de responsabilidad civil, 50.000 euros se destinarán a la familia de la fallecida, 5.000 euros a la segunda víctima y 2.000 euros a cada una de las dos menores restantes.















