La Audiencia Provincial de Asturias impone la pena por violencia psíquica y abandono de familia, pero absuelve a los padres del delito de detención ilegal. Los menores, que no salieron de casa en más de tres años, siguen bajo tutela pública.
OVIEDO – La Audiencia Provincial de Asturias ha dictado sentencia en uno de los casos más impactantes de aislamiento familiar de los últimos años. Un matrimonio residente en las afueras de Oviedo ha sido condenado a dos años y diez meses de prisión por mantener a sus tres hijos —dos gemelos de 9 años y un hermano de 11— en una situación de encierro y desconexión social absoluta durante casi tres años y medio.
El fallo: Violencia psíquica y abandono
La sentencia desglosa la pena para cada progenitor (un hombre alemán de 53 años y una mujer de nacionalidad germano-estadounidense de 48) de la siguiente manera:
- 2 años y 4 meses por un delito de violencia psíquica habitual.
- 6 meses por abandono de familia.
A pesar de la gravedad de los hechos, el tribunal ha decidido absolverlos del delito de detención ilegal, lo que ha reducido significativamente la condena respecto a los 25 años que solicitaba inicialmente la Fiscalía.
Además de la cárcel, los padres han sido inhabilitados para ejercer la patria potestad durante tres años y cuatro meses, periodo en el que no podrán comunicarse con los niños. Asimismo, deberán indemnizar a cada hijo con 30.000 euros.
El argumento de la defensa: «Miedo al coronavirus»
Durante el juicio, celebrado a puerta cerrada en marzo, el matrimonio reconoció la «anomalía» de la situación, pero la justificó bajo un «miedo insuperable» a enfermar de nuevo tras haber padecido COVID-19. La defensa calificó el encierro como un «autoconfinamiento voluntario» para proteger y educar a los niños en casa, argumentando que el caso debió gestionarse desde los servicios sociales y no por la vía penal.
Sin embargo, el relato de los hechos revela una realidad mucho más cruda:
- Aislamiento total: Los menores permanecieron encerrados desde diciembre de 2021 hasta abril de 2025.
- Sin contacto exterior: No asistían al colegio ni recibían atención sanitaria. Según la Fiscalía, ni siquiera se les permitía salir al jardín de la vivienda unifamiliar.
- Privación emocional: Los niños carecieron de cualquier interacción social o emocional fuera del núcleo parental.
El fin del encierro
La situación salió a la luz el 28 de abril de 2025 gracias a la llamada de una vecina, cuya alerta permitió la intervención de las autoridades. Desde ese momento, los tres menores pasaron a estar bajo la tutela de los servicios sociales del Principado de Asturias, donde permanecen actualmente.
Aunque los padres están en prisión preventiva y tienen prohibido el contacto físico con sus hijos, la sentencia aclara que hasta ahora han mantenido contacto telefónico, una vía que ahora quedará interrumpida por la orden de inhabilitación.















