Alicante, 6 de mayo de 2026 – La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a seis meses de prisión a un camarero de un pub en Benidorm tras reconocer haber humillado y agredido físicamente a dos hombres debido a su orientación sexual. La sentencia, dictada por la Sección Tercera, es ya firme tras alcanzarse un acuerdo de conformidad entre las partes.
Los hechos: Humillación pública y agresión física
El suceso tuvo lugar la noche del 30 de octubre de 2022. Según el relato de los hechos probados, el condenado, que trabajaba en un local de espectáculos musicales, se aproximó a la mesa de las víctimas con actitud desafiante preguntándoles: “Oye, ¿sois maricones?”.
Ante la situación, los dos hombres decidieron abandonar el establecimiento para evitar conflictos. Sin embargo, el camarero, lejos de cesar en su actitud, gritó ante el resto de la clientela: “Ya se van los mariquitas”, mientras realizaba gestos de burla.
La violencia escaló en la puerta del local, donde el agresor:
- Propinó un fuerte puñetazo a una de las víctimas, derribándola al suelo para continuar dándole patadas.
- Asestó un cabezazo en la sien al segundo hombre cuando este intentó mediar para detener la agresión.
- Ambas víctimas requirieron asistencia sanitaria por las lesiones sufridas.
Penas impuestas y responsabilidad civil
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado que los hechos constituyen un delito de odio y dos delitos de lesiones. El fallo subraya que el acusado vulneró derechos fundamentales y libertades públicas protegidas por la Constitución.
La condena final se desglosa de la siguiente manera:
| Concepto | Detalle de la sanción |
| Pena de Prisión | 6 meses por delito de odio. |
| Multa económica | 1.080 euros por dos delitos de lesiones. |
| Indemnizaciones | 880 euros en total (440€ para cada víctima) por lesiones y daños morales. |
| Total económico | 1.960 euros. |
«El condenado actuó movido por sus prejuicios hacia la orientación sexual de las víctimas, con la clara finalidad de menospreciarles y ofender su dignidad», reza la sentencia de los magistrados.
Este caso refuerza la jurisprudencia contra los delitos de odio en entornos de ocio, destacando que la humillación verbal, sumada a la violencia física motivada por la LGTBIfobia, conlleva consecuencias penales directas.















