El Comité Ejecutivo del organismo internacional establece que solo las mujeres biológicas podrán competir en las pruebas femeninas para garantizar la equidad y la seguridad. La nueva normativa, basada en la detección del gen SRY, entrará en vigor en la próxima cita olímpica y contempla excepciones para casos clínicos específicos.
El Comité Olímpico Internacional (COI) ha marcado un punto de inflexión en la regulación del deporte de élite. El organismo ha anunciado este jueves una nueva política de protección de la categoría femenina en virtud de la cual, a partir de los Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028, solo las mujeres biológicas podrán participar en dichas competiciones. La decisión, adoptada por el Comité Ejecutivo, busca responder a las crecientes polémicas sobre la integridad y la justicia distributiva en el acceso al podio olímpico.
La piedra angular de esta nueva regulación será la determinación de la elegibilidad mediante una prueba de detección del gen SRY. Según ha detallado la institución, este gen solo se encuentra presente en los hombres biológicos y su resultado deberá ser obligatoriamente negativo para que una atleta sea admitida en la categoría femenina. A través de un comunicado oficial, el COI ha subrayado que la presencia de dicho gen se considera «fija a lo largo de la vida» y constituye una «prueba altamente precisa» de que el deportista ha experimentado un desarrollo sexual masculino.
Un marco basado en la evidencia científica
La presidenta del COI, Kirsty Coventry, ha defendido la solidez de esta medida, asegurando que la política se fundamenta en la ciencia y ha sido elaborada por expertos médicos. En sus declaraciones, Coventry ha hecho hincapié en que permitir la participación de varones biológicos en la categoría femenina resulta «injusto» y, en determinadas disciplinas, incluso «no es seguro». Con este movimiento, el COI pretende salvaguardar la equidad, la seguridad y la integridad de las deportistas.
El proceso de verificación será, según el organismo, poco intrusivo. La prueba se realizará mediante una extracción de saliva o sangre y solo será necesario ejecutarla una vez en la vida de la atleta. No obstante, la normativa contempla «raras excepciones» para atletas con diagnósticos específicos, como el síndrome de insensibilidad completa a los andrógenos u otros trastornos del desarrollo sexual, siempre que se demuestre que no se benefician de los efectos anabólicos o de la mejora del rendimiento derivados de la testosterona.
Antecedentes y alcance de la medida
Esta reforma reglamentaria nace del trabajo de un grupo de especialistas creado específicamente para abordar las controversias surgidas en el deporte femenino. Entre los antecedentes más directos se encuentran las situaciones vividas durante los Juegos de París 2024 con las boxeadoras Imane Khelif (Argelia) y Lin Yu-ting (Taiwán), quienes habían sido descalificadas previamente en el Mundial 2023 por la federación internacional (IBA) tras no superar pruebas de elegibilidad de género.
Por el contrario, la nueva política establece con claridad que las atletas transgénero XY —hombres biológicos— y aquellas personas con trastornos del desarrollo sexual que sean sensibles a los andrógenos deberán competir obligatoriamente en las categorías masculinas.
Esta normativa se aplicará de forma integral en todas las disciplinas del programa olímpico, afectando tanto a deportes individuales como colectivos. Si bien el COI ha aclarado que estas directrices no se extenderán al deporte de base o recreativo, mantiene su firme postura en el ámbito profesional: la existencia de una categoría femenina diferenciada es una condición necesaria para garantizar que hombres y mujeres tengan una verdadera igualdad de acceso al deporte de élite.

















