La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado el archivo de una querella presentada por Vox y de tres denuncias tramitadas por el colectivo Manos Limpias y dos particulares contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y los miembros del Consejo de Ministros. Las acciones judiciales atribuían al jefe del Ejecutivo y a los titulares de las carteras de Interior, Defensa y Sanidad presuntos delitos de prevaricación, dejación de funciones y omisión del deber de socorro a raíz de la entrada masiva de personas registradas en la ciudad autónoma de Ceuta el pasado mes de julio.
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El alto tribunal concluye en su resolución que en la actualidad no existen elementos indiciarios suficientes que justifiquen la apertura de una causa penal contra los aforados. La Sala sostiene que el mero conocimiento de una situación de riesgo o la posición jerárquica en la cadena de mando institucional no permiten derivar automáticamente una responsabilidad de carácter penal, haciendo hincapié en que los escritos presentados carecen de la concreción necesaria sobre las conductas operativas atribuidas de forma individual a cada uno de los querellados.
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Vía abierta a la investigación que instruye la Audiencia Nacional
A pesar del archivo de las actuaciones en el Supremo, los magistrados aclaran que esta decisión no supone un pronunciamiento definitivo sobre la inexistencia de delito en la gestión de la crisis fronteriza. La resolución deja la puerta abierta al desarrollo de la investigación penal que lidera la magistrada María Tardón en el Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional, órgano encargado de esclarecer los aspectos operativos y las posibles negligencias en los protocolos de contención.
El auto del Supremo especifica que, en caso de que las diligencias practicadas por la jueza instructora arrojen datos objetivos que permitan individualizar una participación delictiva directa por parte de algún aforado, la magistrada deberá remitir una exposición razonada al alto tribunal. Será en ese momento cuando la Sala Penal vuelva a evaluar la asunción de competencias para incoar, si procediera, un procedimiento judicial contra miembros del Gobierno.
Indeterminación en la cadena de mando y atribución de competencias
La resolución judicial enfatiza la existencia de aspectos relevantes de la actuación operativa que permanecen sin esclarecer, tales como el destinatario efectivo de las alertas de los servicios de inteligencia, los medios materiales disponibles en la zona de frontera y el nivel de intervención directa en las decisiones tomadas durante el episodio migratorio. Los magistrados subrayan que la responsabilidad de dirección general que ostentan los ministros no suple la ausencia de indicios concretos sobre su participación en los hechos.
Asimismo, la Sala ha desestimado las acusaciones relativas a presuntos delitos de colaboración con organización terrorista u homicidio por imprudencia planteadas por las acusaciones. El tribunal concluye que las alusiones a una supuesta coordinación con agentes externos no aportan un enlace probatorio suficiente con la conducta personal de los aforados, procediendo al cierre de las diligencias en el estamento supremo a la espera del avance de las investigaciones en la Audiencia Nacional.
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