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Portada Nacional

Hacienda rediseña el calendario de Verifactu: Aplicación obligatoria en 2027, pero adaptación del software desde 2025

09/12/2025
en Nacional
Tiempo de lectura: 4 minutos
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El Ministerio de Hacienda ha concedido un respiro a pymes y autónomos al posponer la obligación de usar el sistema de verificación de facturas Verifactu hasta 2027. Sin embargo, la prórroga es parcial, pues el software de facturación que se adquiera a partir de julio de 2025 ya deberá estar totalmente adaptado al nuevo reglamento.Cuerpo del Artículo

El Ministerio de Hacienda, dirigido por la vicepresidenta primera María Jesús Montero, ha respondido a las peticiones del sector empresarial y ha modificado el calendario de implantación del nuevo sistema de verificación de facturas, conocido como Verifactu.

La obligatoriedad de uso del sistema se retrasa, quedando establecida en dos fases:

  • 1 de enero de 2027: Para las grandes empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027: Para el resto de pymes y autónomos.

Esta decisión ha sido celebrada por los técnicos de Hacienda (Gestha), quienes consideran que la ampliación del plazo permitirá a las empresas adaptar sus sistemas «con mayor seguridad», reconociendo que cerca del 79% de las pymes no estaban preparadas para el calendario inicial.

Lo que no se aplaza: la adaptación del software

A pesar del alivio en el plazo de aplicación obligatoria, expertos tecnológicos advierten de que la prórroga es solo parcial. El director general de Cegid, Javier Torres, subraya que las nuevas fechas solo afectan a cuándo será obligatorio emitir facturas verificables, pero no retrasan la obligación de adaptación del software.

Cualquier programa de facturación que se venda o adquiera a partir del 29 de julio de 2025 —ya sea por cambio de sistema o inicio de nueva actividad— deberá estar completamente adaptado al reglamento de Verifactu y al Reglamento SIF (Sistemas Informáticos de Facturación). Además, tampoco se aplazan las exigencias de la Ley Antifraude ni las condiciones que deben cumplir las actualizaciones de software ya instalados.

Reacciones empresariales: alivio y cautela

Las organizaciones empresariales, que llevaban meses solicitando la corrección del calendario, han valorado positivamente el cambio.

  • Asociaciones Alimentarias (Ceoppan, Fedepesca, Cedecarne): Indicaron que el calendario inicial habría supuesto una «carga difícil de absorber» para miles de pequeños comercios, especialmente sensibles ante las multas de hasta 50.000 euros por utilizar softwares no certificados.
  • Jóvenes Empresarios (Ceaje): Destacaron que el aplazamiento «era imprescindible para no poner contra las cuerdas a los pequeños negocios».
  • Cepyme: Valoró el nuevo calendario, pero reclamó que las futuras fases de despliegue se diseñen con un «enfoque realista» para evitar costes desproporcionados a las pequeñas empresas.

Verifactu: objetivo y modalidades

Verifactu es el sistema de registros de facturación creado por la Agencia Tributaria en el marco de la Ley Antifraude. Su objetivo esencial es garantizar que todas las facturas emitidas sean inalterables, trazables y accesibles desde el momento de su generación.

La normativa se aplicará a autónomos y sociedades que no estén adheridos al Suministro Inmediato de Información (SII).

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El sistema contempla dos modalidades principales:

  1. Verifactu: Envía los registros de las facturas a la AEAT de manera automática e inmediata.
  2. No Verifactu: No realiza el envío en tiempo real, pero mantiene las exigencias de integridad, firma electrónica y conservación rigurosa de los registros.

Adicionalmente, el Reglamento obliga a incluir un código QR tributario y generar un registro seguro para cada factura.

Temas: AEATautónomosdigitalizaciónfacturación electrónicahaciendaLey AntifraudepymesReglamento SIFVerifactu
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