MADRID – La Audiencia Provincial de Madrid afronta este lunes una jornada decisiva para el futuro judicial de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno. Cinco magistrados de la Sección 23, constituidos en una «sala reforzada», se reúnen a puerta cerrada para dirimir un punto clave del procedimiento: la validez del auto dictado por el juez instructor Juan Carlos Peinado para enviar a Gómez a juicio formal bajo la fórmula de jurado popular.
Junto a esta cuestión principal, el tribunal resolverá otros dos recursos cruzados: una reclamación de las acusaciones populares contra el archivo del delito de intrusismo profesional decretado por el instructor, y la posible escisión del bloque de la acusación popular conjunta, coordinada actualmente por la asociación Hazte Oír. Fuentes jurídicas advierten de que, debido a la complejidad técnica y la trascendencia del asunto, el fallo motivado se plasmará en un auto judicial cuya notificación podría demorarse varios días.
Un choque de criterios entre el instructor y la Audiencia
La causa, que se inició en abril de 2024, pivota sobre las presuntas irregularidades vinculadas a la codirección de una cátedra en la Universidad Complutense de Madrid (UCM), el patrocinio y registro de un software desarrollado para la misma, los supuestos contratos públicos adjudicados al empresario Juan Carlos Barrabés y el rol desempeñado por su asesora personal, Cristina Álvarez, abonada con fondos públicos.
El debate procesal llega a la Audiencia madrileña tras un continuo cruce de resoluciones:
- El pasado 11 de abril, el juez Peinado emitió un extenso auto de conclusión de instrucción insistiendo en que Gómez, Álvarez y Barrabés debían ser juzgados por un tribunal de jurado por los presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación de caudales públicos y apropiación indebida.
- En esa misma resolución, el instructor archivó la acusación por intrusismo profesional ligada a la firma de los pliegos del citado software.
- Previamente, la propia Audiencia de Madrid ya había tumbado un intento anterior del juez de aplicar la fórmula del jurado popular al detectar una manifiesta «falta de motivación» en su escrito. Tras ser subsanado por el magistrado en mayo y rechazarse los recursos en primera instancia, las defensas y la Fiscalía acudieron en apelación al órgano superior.
La postura de la Fiscalía y las medidas cautelares vigentes
Tanto el Ministerio Fiscal como las defensas de los encausados han reiterado de forma sistemática a lo largo del proceso la inexistencia de indicios delictivos en la conducta de Begoña Gómez. En sus escritos de impugnación, han calificado la labor del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid como una investigación «prospectiva», argumentando de forma directa que la causa penal se sostiene únicamente por la condición de la procesada como esposa del jefe del Ejecutivo.
Este pronunciamiento de la Audiencia Provincial se produce pocas semanas después de que, el pasado 20 de junio, el juez instructor dictara formalmente el auto de apertura de juicio oral contra los tres investigados. En dicha resolución, el magistrado Peinado impuso a Begoña Gómez y a su asesora Cristina Álvarez medidas cautelares severas, consistentes en la retirada del pasaporte, la prohibición expresa de abandonar el territorio nacional y la obligación de comparecer apud acta de forma quincenal en la sede judicial de Plaza de Castilla.
















