La teniente fiscal considera «desproporcionada» la inhabilitación de dos años y subraya que el condenado no buscó beneficio personal, sino proteger el «buen nombre» de la institución.
MADRID – Un nuevo capítulo se abre en el proceso judicial contra el anterior máximo responsable del Ministerio Público. La Fiscalía del Tribunal Supremo ha emitido un informe favorable a la concesión de un indulto parcial para Álvaro García Ortiz, quien fuera condenado el pasado mes de noviembre por un delito de revelación de secretos.
La medida de gracia se centraría exclusivamente en conmutar la pena de dos años de inhabilitación especial para ejercer el cargo de Fiscal General del Estado. Según el informe, García Ortiz ya ha satisfecho la multa de 7.200 euros y la indemnización de 10.000 euros impuesta a favor de Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso.
Los argumentos: Justicia y reputación
La teniente fiscal del Supremo justifica su apoyo al indulto basándose en varios puntos que consideran la condena «excesiva» en sus efectos extrapenales:
- Ausencia de lucro: Se destaca que García Ortiz no obtuvo ningún beneficio personal ni patrimonial con la publicación de la nota de prensa que originó la causa.
- Finalidad institucional: El informe sostiene que el exfiscal actuó para desmentir informaciones falsas y preservar la imagen de la Fiscalía ante ataques mediáticos, asumiendo siempre su responsabilidad.
- Efectos desproporcionados: La Fiscalía argumenta que la condena ha tenido una «incidencia desorbitada» en su reputación y carrera profesional, y que la inhabilitación carece de utilidad pública dado que ya abandonó el cargo y hay una nueva Fiscal General nombrada por cuatro años.
«La ejecución íntegra de la pena no resulta necesaria ni proporcionada desde la perspectiva de la equidad», señala el escrito, subrayando que el castigo ya ha cumplido su función de mostrar que «incluso las más altas autoridades están sometidas a la ley».
Un indulto de efectos limitados
La Fiscalía aclara que este indulto no implica revisar los hechos probados ni cuestionar la sentencia del Supremo, sino simplemente acortar los plazos para que el exfiscal pueda cancelar sus antecedentes penales y reducir el impacto de una inhabilitación que, en la práctica, ya se hizo efectiva con su dimisión.
La decisión final queda ahora en manos del Gobierno, que deberá tramitar el expediente de indulto tras recibir este informe favorable de la Fiscalía, aunque el tribunal sentenciador (la Sala Segunda del Supremo) también deberá emitir su propio parecer, habitualmente más riguroso en estos casos.














