MADRID – En un giro determinante para el recorrido judicial del caso, la Fiscalía de Madrid ha solicitado formalmente la libre absolución de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. En su escrito de conclusiones provisionales remitido al juzgado, el Ministerio Público concluye de manera tajante que las actuaciones investigadas carecen de relevancia penal, sentenciando que «los hechos narrados no son constitutivos de infracción penal» y que, por tanto, «sin delito no hay autor».
El documento, que se opone de manera frontal a las tesis del juez instructor Juan Carlos Peinado —quien recientemente acordó elevar la causa a juicio con jurado popular—, extiende la petición de exoneración completa tanto a la asesora Cristina Álvarez como al empresario Juan Carlos Barrabés.
«Cero euros» de beneficio y ausencia de presiones
El núcleo de la argumentación del fiscal desmonta los presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación que han pivotado sobre la investigación desde abril de 2024. Según el escrito, no ha quedado acreditado ningún tipo de perjuicio patrimonial ni contraprestación ilícita.
La Fiscalía sostiene con firmeza que «ni Begoña Gómez ni Cristina Álvarez ni Juan Carlos Barrabés obtuvieron remuneración o beneficio directo o indirecto» derivado de la Cátedra de Transformación Social Competitiva de la Universidad Complutense de Madrid, cifrando en «cero euros» el beneficio percibido por la esposa del jefe del Ejecutivo en relación con la cátedra y el software objeto de polémica.
Asimismo, el Ministerio Público recalca que los acusados no realizaron «presión de ningún tipo sobre las empresas afectadas para su promoción o patrocinios». Respecto al empresario Juan Carlos Barrabés, el fiscal aclara que sus colaboraciones como docente se ajustaron estrictamente a la remuneración reglamentaria de la universidad, descartando que financiara de forma irregular las actividades académicas de Gómez.
El nombramiento de la asesora y los requisitos académicos
La Fiscalía también blinda la actuación de la asistente Cristina Álvarez, señalando que su designación en 2018 «siguió los cauces legalmente previstos» y que ha desempeñado sus funciones inherentes al cargo de manera ininterrumpida y lícita.
Por otra parte, el escrito resta validez a los reproches de las acusaciones populares sobre la formación de Begoña Gómez para codirigir dichos estudios. El fiscal argumenta que la normativa aplicable a las cátedras extraordinarias no exigía que Gómez ostentara la condición de licenciada, diplomada, funcionaria o catedrática para participar en su promoción o dirección.
Choque por las medidas cautelares y el riesgo de fuga
Este posicionamiento de la Fiscalía coincide con un escenario de alta tensión en el juzgado. Paralelamente, el Ministerio Público ha calificado de «injusta» la retirada del pasaporte a Begoña Gómez y ha recurrido dicha medida cautelar dictada por el juez Peinado, acusando al magistrado de «confabular». Mientras el instructor justificó la restricción aludiendo a un hipotético riesgo de fuga —llegando a recordar que «no sería la primera vez» que un mandatario europeo elude a la justicia—, la Fiscalía insiste en desestimar por completo tal escenario, enmarcando el caso en una investigación originada por denuncias basadas en recortes de prensa que no han logrado ser acreditadas penalmente.















