A partir del jueves 1 de octubre, entran en vigor nuevas normas de circulación para los vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos, en España. Los usuarios deberán asegurarse de que sus vehículos estén inscritos en el Registro de Vehículos Personales Ligeros y cuenten con una etiqueta identificativa.
El Real Decreto 52/2026, que regula este registro, entró en vigor el 30 de enero. Desde entonces, es obligatorio que los patinetes estén registrados para circular legalmente. La falta de inscripción y seguro obligatorio puede resultar en sanciones que sumen hasta 1.220 euros, además de la posible inmovilización del vehículo.
La Ley 5/2025 establece el seguro obligatorio de responsabilidad civil para estos vehículos. Sin embargo, según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), solo 140.000 de los más de cuatro millones de patinetes estimados en España están registrados.
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El proceso de registro es sencillo y económico, con una tasa de 8,67 euros. Tras la inscripción, la Dirección General de Tráfico (DGT) emite un número de placa y un certificado digital, necesarios para obtener la etiqueta identificativa.
Para los patinetes más antiguos, existe un periodo transitorio hasta el 22 de enero de 2027, durante el cual pueden circular sin el certificado técnico exigido a los modelos nuevos, siempre que estén inscritos en el registro.
Los usuarios deben asegurarse de que su patinete esté registrado, cuente con la etiqueta identificativa y tenga el seguro obligatorio para evitar sanciones y la inmovilización del vehículo.








