Un hombre ha sido condenado a 30 meses de prisión tras reconocer los hechos y aceptar una sentencia de conformidad dictada por el magistrado titular de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Ceuta. El acusado fue juzgado por quebrantar de forma continuada una orden de alejamiento, además de cometer delitos de amenazas graves y contra la integridad moral de su expareja.
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Claves de la sentencia
- Pena total: 30 meses de prisión distribuidos en 9 meses por quebrantamiento continuado de condena, 6 meses por un delito de amenazas y 15 meses por un delito contra la integridad moral.
- Medidas cautelares: Prohibición absoluta de aproximación y comunicación con la víctima por cualquier medio durante un periodo de tres años.
- Responsabilidad civil: El condenado deberá abonar una indemnización de 3.000 euros.
- Procedimiento: El acusado compareció desde prisión por videoconferencia, donde aceptó los cargos formulados en su contra.
Hostigamiento y amenazas extremas
Los hechos probados se remontan al pasado mes de julio de 2025, periodo en el que el condenado, pese a tener una prohibición judicial en vigor que le impedía acercarse o comunicarse con la víctima, intentó contactar con ella en repetidas ocasiones.
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- El primer contacto: El 11 de julio de 2025, el hombre llamó por teléfono a la mujer asegurando que se encontraba en Madrid y que deseaba verla.
- La campaña de audios: Días más tarde, el 24 de julio, volvió a hostigarla enviándole diez mensajes de audio con el propósito de infundirle temor, desasosiego y humillarla.
En dichas grabaciones, el agresor profirió graves insultos y advertencias de violencia extrema, destacando expresiones como: “El día que te coja te voy a matar” y “Donde te vea, te voy a atropellar”. Además, los mensajes incluían amenazas directas de prenderle fuego utilizando gasolina (“Lo único que quiero es que vengas a mí para matarte, quemarte con gasolina”), así como advertencias sobre la supuesta difusión de vídeos e intimidaciones relativas al entorno personal de la víctima.
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