La repetición del juicio al policía local condenado por el asesinato de su esposa en la vivienda familiar de Parques de Ceuta deberá celebrarse antes del próximo mes de marzo, fecha en la que se cumplirán cuatro años desde los hechos y también el límite máximo de prisión preventiva.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anuló la sentencia condenatoria —que imponía 35 años y medio de cárcel— al estimar el recurso presentado por la defensa del acusado, Alonso G. D., ordenando la repetición íntegra del juicio con un nuevo jurado popular y un magistrado presidente distinto.
El acusado permanece actualmente en prisión preventiva y, de no celebrarse la nueva vista antes del 14 de marzo, podría quedar en libertad provisional al haber agotado el tiempo máximo legal, dado que su condena ha quedado sin efecto tras la anulación.
Remisión urgente a la Audiencia Provincial
Tras la resolución del TSJA, la Sala de lo Civil y Penal con sede en Granada acordó la remisión urgente de las actuaciones a la Audiencia Provincial, que deberá reorganizar su agenda para señalar el nuevo juicio, seleccionar otro jurado y asumir un procedimiento que se prolongará durante varias semanas.
En esta nueva vista deberán repetirse las declaraciones de testigos, el análisis de las pruebas periciales y los debates jurídicos en torno a los hechos que acabaron con la vida de Mª Ángeles Lozano, trabajadora de los juzgados de Ceuta.
Falta de motivación en el veredicto
El TSJA concluyó que el veredicto del jurado carecía de la motivación mínima exigida legalmente, al no explicar de forma razonada por qué se daban por probados determinados hechos y se descartaban otras hipótesis posibles.
Entre las cuestiones no suficientemente aclaradas se encuentran la posible afectación de la salud mental del acusado, la forma concreta en la que se produjeron los disparos mortales y la aplicación de la agravante de género.
El alto tribunal andaluz reprocha que el jurado se limitara a enumerar de manera genérica las pruebas practicadas durante el juicio, sin detallar cuáles resultaron determinantes para alcanzar sus conclusiones.
Vulneración de un derecho fundamental
En su resolución, el TSJA señala que esta falta de motivación supone una “vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva”, al no ofrecer una mínima explicación del contenido de las pruebas que sustentaron el fallo.
Incluso existiendo un recurso presentado por la Ciudad Autónoma, este no fue analizado al apreciarse la nulidad del veredicto, lo que obliga a repetir el juicio con un tribunal no profesional completamente distinto.
El tribunal concluye que, pese a las deficiencias del recurso de apelación, el examen detallado del desarrollo del juicio, del acta del veredicto y de la sentencia dictada obliga legalmente a adoptar esta decisión excepcional.




















