Los magistrados descartan la acusación hacia el exdirigente socialista Miguel Ángel Gallardo por el nombramiento de un tercero, pero rechazan la nulidad total de la causa que solicitaban las defensas.
La Audiencia Provincial de Badajoz, encargada de juzgar desde el pasado jueves a David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, y a otras diez personas por presuntas irregularidades en la Diputación de Badajoz, ha acordado este lunes declarar extinguida por prescripción la responsabilidad penal del familiar de Pedro Sánchez respecto al delito de aceptación de nombramiento ilegal.
El presidente de la sala, José Antonio Patrocinio, ha comunicado oficialmente la decisión durante la sesión matutina de este lunes: “Declaramos extinguida por prescripción la responsabilidad penal por el delito de aceptación de nombramiento ilegal en el ámbito subjetivo del enjuiciamiento”. La resolución judicial llega tras estimarse la petición formulada por el abogado defensor de David Sánchez en la fase de cuestiones previas, una postura que contó además con el respaldo explícito de la Fiscalía, la cual defiende la libre absolución de la totalidad de los procesados en este caso.
Con este movimiento, el hermano del jefe del Ejecutivo ve aliviada parcialmente su situación en el banquillo. Inicialmente se enfrentaba a peticiones de hasta tres años de prisión por dos presuntos delitos de tráfico de influencias en concurso medial con prevaricación administrativa, sumados al ahora extinto delito de aceptación de nombramiento ilegal. Este último, catalogado como el cargo más leve de la acusación, conllevaba únicamente penas de multa.
Giro en la acusación contra Miguel Ángel Gallardo
La resolución del tribunal no solo ha tenido impacto en la defensa de Sánchez, sino también en la del exdirigente del PSOE extremeño y expresidente de la corporación provincial, Miguel Ángel Gallardo. Los magistrados han resuelto dejar fuera del procedimiento una de las principales acusaciones formuladas contra él por las acusaciones populares, las cuales reclamaban una condena de tres años de cárcel.
En concreto, Gallardo ya no será juzgado por su presunta implicación en la contratación en diciembre de 2023 de Luis Carrero, un amigo personal de David Sánchez. El tribunal ha determinado —en consonancia con los argumentos de su abogado y del propio Ministerio Fiscal— que dicha acusación se introdujo de manera “sorpresiva” cuando Gallardo ya había prestado declaración en calidad de investigado, omitiéndose el trámite formal de volver a citarle para que pudiera defenderse. Esta concatenación de hechos supuso, a ojos de los jueces, una vulneración flagrante de su derecho constitucional a la defensa, provocando que la pena global solicitada para el exlíder socialista se reduzca a la mitad, quedando fijada en un año y medio de prisión.
Rechazo unánime a la nulidad de las actuaciones
Pese a estos desgloses y exoneraciones parciales, el tribunal se ha mostrado tajante al rechazar la petición de nulidad total de la causa planteada de manera conjunta el pasado jueves por las defensas de todos los encausados. Los abogados argumentaban de mutuo acuerdo que se había incurrido en una «investigación prospectiva» —un tipo de instrucción genérica sin base indiciaria previa, expresamente prohibida por el ordenamiento jurídico español— y criticaban con dureza la autorización concedida a la Guardia Civil para intervenir de forma masiva los correos electrónicos de altos cargos y empleados de la Diputación de Badajoz.
Alineándose con los criterios de la Fiscalía y respaldando la actuación instructora de la jueza Beatriz Biedma, la Audiencia de Badajoz ha concluido que no existió tal prospección penal ni se conculcaron derechos fundamentales en el volcado de los correos electrónicos corporativos. Con la resolución de estas cuestiones previas, el tribunal ha procedido a abrir de manera formal la siguiente fase procesal, dando inicio al interrogatorio de los testigos citados en la causa.















