El Alto Tribunal ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional que elimina la referencia a «días naturales» en los permisos por enfermedad grave u hospitalización de un familiar, sentando jurisprudencia para todos los sectores en España.
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia histórica (n.º 1084/2025, de 13/11/2025; rec. 128/2024) que sienta jurisprudencia sobre el disfrute de los permisos retribuidos en las empresas. A partir de ahora, estos permisos se tendrán que disfrutar obligatoriamente en días laborables y no en días naturales.
La decisión del Alto Tribunal ha respaldado una sentencia previa de la Audiencia Nacional que daba la razón a los sindicatos, quienes habían solicitado la eliminación de la referencia a días «naturales» en los convenios colectivos.
El origen del conflicto
La controversia se originó con una demanda sindical contra el III Convenio Colectivo del contact center, que recogía que los permisos retribuidos por causas como accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica de un familiar cercano, debían disfrutarse en días «naturales».
Los sindicatos alegaron que obligar a los trabajadores a tomarse estos permisos en días naturales (incluyendo fines de semana o festivos) era contrario a la normativa de la Unión Europea y al Estatuto de los Trabajadores.
El argumento del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo se ha ceñido a la normativa europea y ha dejado claro que la naturaleza de un permiso retribuido solo tiene sentido si el trabajador deja de acudir a su puesto de trabajo.
El Tribunal Supremo deja claro en la sentencia que «sólo es concebible si se proyecta sobre un período de tiempo en el que existe obligación de trabajar, pues de lo contrario carecería de sentido que su principal efecto fuese ausentarse del trabajo».
Por esta razón, se establece que permisos de hasta cinco días (como los mencionados por enfermedad grave o accidente de un familiar) deberán disfrutarse en días laborables.
Consecuencias para los trabajadores
Esta sentencia sienta una importante jurisprudencia que tendrá un impacto directo en todos los sectores y convenios colectivos en España.
- Refuerzo de Derechos: La decisión «establece un criterio inequívoco que refuerza la seguridad jurídica» y «blinda un derecho mínimo esencial en todas las negociaciones colectivas,» según celebró el sindicato USO, uno de los demandantes.
- Conciliación: Los trabajadores verán reforzado su derecho a la conciliación, ya que los días de permiso no se verán absorbidos por el fin de semana o días festivos que, de todas formas, no son días de trabajo.




















