El Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha acordado devolver al Juzgado de Instrucción una causa en la que están imputados tres médicos del Hospital Universitario por un presunto delito de homicidio por imprudencia grave relacionado con la muerte de un paciente en 2017.
La decisión judicial se ha adoptado tras detectarse que el procedimiento no había sido notificado a la aseguradora del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa), parte que debía figurar formalmente personada en el proceso. Ante esta omisión, el magistrado ha ordenado retrotraer las actuaciones para garantizar el derecho de defensa de la compañía aseguradora, a la que se concede un plazo de diez días para presentar su escrito.
Los hechos se remontan al 23 de julio de 2017, cuando el paciente, con antecedentes de hidrocefalia, fue atendido en su domicilio por los servicios de emergencias del 061 tras un aviso por una posible intoxicación farmacológica. Aunque la exploración inicial fue prácticamente normal, salvo un estado de obnubilación, el equipo sanitario diagnosticó hidrocefalia y decidió su traslado al Hospital Universitario de Ceuta.
Una vez en Urgencias, el primero de los médicos acusados centró el diagnóstico en una posible intoxicación por antidepresivos, tras una prueba cualitativa positiva de tóxicos en orina. Se aplicó tratamiento de descontaminación con carbón activado y antídotos, pero, según el Ministerio Fiscal, no se solicitó de inmediato un TAC craneal, pese a tratarse de una prueba clave para confirmar o descartar la hidrocefalia reflejada en el historial clínico.
Durante la tarde, el estado neurológico del paciente empeoró de forma progresiva hasta entrar en coma. La tomografía no fue solicitada hasta las 19:04 horas, cuando el deterioro era ya evidente.
El segundo facultativo acusado, responsable del paciente en la Unidad de Cuidados Intensivos, mantuvo el diagnóstico de intoxicación farmacológica y tampoco pidió el TAC durante su turno. La Fiscalía sostiene que no se realizaron las medidas necesarias para facilitar la prueba, a pesar de que el enfermo presentaba movimientos espontáneos en estado de inconsciencia. Esta información ha sido obtenida de una publicación de El faro de ceuta, tal como ha podido confirmar este medio.
Al relevarlo, el tercer médico continuó con la misma orientación diagnóstica y, según el escrito fiscal, tampoco ordenó de manera inmediata la realización de la tomografía.
El TAC craneal no se practicó hasta las 12:57 horas del 24 de julio, más de 24 horas después del ingreso hospitalario. El resultado confirmó una hidrocefalia triventricular severa con efecto masa y borramiento de los surcos cerebrales. Ante la gravedad del cuadro, el paciente fue trasladado de urgencia al Hospital Puerta del Mar de Cádiz, con servicio de neurocirugía, donde ingresó en la UCI. Finalmente, falleció el 5 de agosto de 2017.
La Fiscalía considera que existió un “retraso consciente” en la realización de una prueba diagnóstica esencial, lo que impidió una intervención precoz que podría haber evitado el desenlace fatal. Califica la actuación de los tres médicos como una infracción grave de los protocolos asistenciales y de las normas básicas de cuidado exigidas por la lex artis.
Por estos hechos, el Ministerio Fiscal solicita para cada uno de los acusados una pena de cuatro años de prisión y seis años de inhabilitación especial para ejercer la medicina. Asimismo, reclama que los médicos, el Ingesa de Ceuta y las aseguradoras implicadas indemnicen de forma conjunta y solidaria a los herederos del fallecido en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia.











