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Portada Sociedad

La Audiencia Nacional anula la absolución de Ana Duato y su marido y ordena repetir el juicio por fraude fiscal

29/05/2026
en Sociedad
Tiempo de lectura: 4 minutos
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La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha anulado la sentencia que absolvió a la actriz Ana Duato y a su marido, el productor Miguel Ángel Bernardeau, en el marco del denominado caso Nummaria. El tribunal ha estimado de forma íntegra el recurso interpuesto por la Abogacía del Estado, en representación de la Agencia Tributaria, contra el fallo dictado en julio de 2025 por la Sección Segunda de la Sala de lo Penal. De este modo, los magistrados han ordenado la repetición del juicio contra ambos acusados con un tribunal de composición diferente, al determinar que la resolución previa no justificaba jurídicamente en términos de lógica racional las razones de la absolución por delitos contra la Hacienda Pública.

El tribunal ha revisado los fundamentos de la absolución previa para comprobar si se ajustaban a las exigencias de motivación razonable que contempla el derecho. Tras dicho análisis, los jueces han determinado que la sentencia recurrida no explicaba de manera suficiente las afirmaciones de que no existió defraudación u ocultación por parte de los encausados. En el caso de la actriz, la resolución anterior la había absuelto del delito fiscal por defraudación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) durante los ejercicios de 2010 a 2012, mientras que en el caso de Bernardeau afectaba al año 2011. En ese mismo procedimiento judicial, el actor Imanol Arias, compañero de reparto de Duato en la serie ‘Cuéntame’, alcanzó una conformidad con el Ministerio Público por la que reconoció cinco delitos fiscales y aceptó una pena de 2 años y 2 meses de cárcel, eludiendo así su entrada en prisión.

Los magistrados han detallado que no se motivaron adecuadamente los argumentos relativos a los ingresos que Duato percibió a través de una sociedad instrumental, creada con la colaboración de su asesor fiscal. Según recoge la resolución, dichas operaciones dieron lugar a cuotas del IRPF ostensiblemente inferiores a las que correspondían al declararse bajo la modalidad de renta vitalicia. En consonancia con las alegaciones de la Abogacía del Estado, la Audiencia Nacional señala que mediante la constitución de la sociedad Gaumukh AEIE y la rúbrica de contratos de cesión de imagen, la actriz únicamente tributó por el 40% de las cantidades percibidas; en concreto, de un total de 2.240.000 euros obtenidos en esos tres años, solo tributó por un importe de 896.000 euros, un hecho que, a juicio del tribunal, «salta a la vista y no se explica suficientemente».

La Sala de Apelación también ha calificado como insuficientes e injustificadas las referencias a las dudas de la acusada por el hecho de haber acudido al asesoramiento especializado de Fernando Peña, responsable del despacho Nummaria. El fallo revocado tuvo en cuenta la condición de actriz de la procesada, su carencia de formación específica en materia tributaria y consideró que su conducta era compatible con la creencia razonable de actuar dentro de una opción fiscal lícita. No obstante, los magistrados han recordado que, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la condición de actriz y no de empresaria no resulta suficiente para eximir de responsabilidad por un delito fiscal, puesto que en el ámbito del conocimiento tributario es aplicable el estándar correspondiente a un «ciudadano medio».

Por otra parte, la Sala de Apelación ha modificado la situación penal de Fernando Peña, considerado el presunto cerebro de las operaciones de defraudación objeto de la causa. El tribunal ha rebajado en dos años su pena de prisión, que pasa de 80 a 78 años de cárcel, tras constatar que uno de los delitos fiscales imputados ha prescrito y al reducirse algunas de las cuotas defraudadas en delitos cometidos por sus clientes. Los jueces han ordenado que también se repita el juicio para Peña, aunque de forma exclusiva en lo relativo a su condición de cooperador necesario en los hechos por los que fueron encausados Ana Duato y su esposo, Miguel Ángel Bernardeau.

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Reacción de Ana Duato ante la resolución judicial

Tras notificarse la decisión de la Audiencia Nacional, Ana Duato ha emitido un comunicado oficial en el que ha acusado a la Agencia Tributaria de instrumentalizar a los personajes públicos para «meter miedo y ejemplarizar», señalando que se trata de una práctica empleada desde «tiempos de Lola Flores». La intérprete ha defendido nuevamente su inocencia, manifestando que abonó todos sus impuestos y que nunca existió por su parte ánimo de defraudar a las arcas públicas.

Asimismo, Duato ha recordado que la resolución absolutoria del año pasado era «tan contundente que ni siquiera la Fiscalía la recurrió», y ha calificado todo el proceso como un «calvario judicial de una década». A su juicio, el organismo público de Hacienda «no podía dejar» que dicha sentencia sentara jurisprudencia en el ámbito legal. Finalmente, la actriz ha concluido afirmando que volverá a defenderse en la nueva vista oral confiando en que se repita idéntico resultado al obtenido hace un año.

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