El Juzgado Mercantil de Córdoba nº1 ha acordado imponer medidas cautelares solicitadas por LaLiga y Telefónica Audiovisual Digital (TAD) contra las compañías de VPN NordVPN y ProtonVPN para combatir la piratería de partidos de fútbol.
Según informó este martes la patronal de clubes en un comunicado, el juzgado ha dictado varios autos en los que concede las medidas cautelares “inaudita parte”, al considerar que estas plataformas tecnológicas actúan como intermediarios que pueden facilitar el acceso a emisiones ilegales de contenidos audiovisuales protegidos.
Las resoluciones obligan a ambas empresas a aplicar de forma inmediata medidas internas que permitan bloquear, desde España, las direcciones IP facilitadas por las demandantes y en las que se ha constatado la retransmisión ilícita de partidos. La medida tiene carácter dinámico —lo que permite ampliar el bloqueo a nuevas direcciones detectadas— y no admite recurso.
LaLiga sostiene que los autos reconocen que los servicios de red privada virtual (VPN) están incluidos dentro del Reglamento Europeo de Servicios Digitales, por lo que deben impedir la comisión de infracciones en sus infraestructuras cuando sea posible. También subraya que los sistemas VPN pueden emplearse para eludir restricciones geográficas y acceder a webs que distribuyen contenidos protegidos sin autorización.
En este sentido, las resoluciones judiciales señalan que estas herramientas resultan “sumamente eficaces y accesibles” para simular ubicaciones distintas a la real y sortear bloqueos previamente ordenados por la justicia española. Asimismo, se menciona que las propias compañías demandadas promocionan en ocasiones la capacidad de sus servicios para evitar restricciones geográficas.
El objetivo de las medidas es impedir que desde España se continúe eludiendo el bloqueo de páginas que emiten contenido de forma ilegal, en línea con resoluciones judiciales anteriores, entre ellas una sentencia dictada en diciembre de 2024 por un juzgado mercantil de Barcelona.
Por otra parte, los autos obligan a LaLiga y a TAD a conservar pruebas digitales suficientes de las emisiones ilícitas que comuniquen a las empresas afectadas, con el fin de garantizar la fiabilidad del procedimiento.
LaLiga considera que se trata de decisiones judiciales pioneras en España y de alcance internacional por su carácter dinámico, y recuerda que en otros países europeos, como Francia, ya se han adoptado medidas similares que reconocen la responsabilidad de los servicios VPN en el fraude audiovisual.
















